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Medio: Oxígeno Digital
Fecha de la publicación: lunes 07 de septiembre de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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El vocal dirimidor Alfredo Jaimes decidió este lunes rechazar el amparo presentado por el expresidente Evo Morales.
La Sala Constitucional Segunda de La Paz decidió ratificar la decisión del Órgano Electoral e inhabilitó la candidatura de Evo Morales al Senado por el departamento de Cochabamba.
En febrero de este año, el TSE inhabilitó la candidatura de Morales, sobre todo por considerar que no cumple con el requisito de residencia permanente en el país, puesto que está refugiado en Argentina desde diciembre pasado.
No obstante, el expresidente, a través de sus abogados, presentó un amparo constitucional para lograr su habilitación. Los dos vocales de la Sala Constitucional Segunda de La Paz no lograron un consenso respecto al caso y por eso la decisión estuvo en manos de un vocal dirimidor.
El vocal René Delgado había votado a favor del amparo de Morales, mientras que el vocal Heriberto Pomier votó contra el pedido del expresidente. El vocal dirimidor, Alfredo Jaimes, se adhirió a la segunda opinión.
“Habiendo hecho un análisis de las pruebas presentadas para la acción de ampro constitucional, las pruebas presentadas durante la audiencia de la acción de amparo, el acta de audiencia, y de la lectura de los voto emitidos por ambos señores vocales, el suscrito vocal de la Sala Constitucional Tercera se adhiera o apoya el entendimiento del doctor Heriberto Pomier”, dijo el vocal Alfredo Jaimes en el acto procesal.
Cabe señalar que el abogado de Morales, el ex viceministro Wilfredo Chávez, sostuvo que no es válido el argumento utilizado por el TSE respecto a que Morales no cumpliría con la “residencia permanente” de dos años establecido por la Constitución Política del Estado (CPE) para ser candidato, puesto que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) estableció que esa figura admite “variables”, como el de la “residencia intermitente”.