Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: viernes 21 de agosto de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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Son recurrentes y justificadas las quejas por los abusos que a lo largo de 14 años cometió del MAS. Uno de ellos fue la vulneración sistemática de la normativa vigente, incluso aquella que fue puesta en vigencia por el propio gobierno del presidente fugado.
La vulneración de la presunción de inocencia y del debido proceso en decenas de casos; la mirada impasible ante los incendios en la Chiquitania durante 2019, asentada en normas que autorizaban “quemas controladas”; la reposición del trámite de reconocimiento de personalidad jurídica para sindicatos mediante resolución suprema, aunque la CPE y los convenios de la OIT disponen otra cosa, son unos pocos ejemplos de una actitud generalizada que muestra el verdadero rostro del MAS.
El anterior Tribunal Constitucional Plurinacional, al inventar en noviembre de 2018 el “derecho humano” a la reelección y el anterior Tribunal Supremo Electoral, al habilitar al ilegal binomio masista, desconocieron el referendo del 21 de febrero de 2016 que le había dicho NO a la reelección indefinida y vulneraron la CPE.
El actual Tribunal Supremo Electoral, que es la instancia estatal más legítima con la que cuenta el país, ha decidido ejercer sus atribuciones en el marco que la CPE y las leyes establecen. Primero, señaló nueva fecha de elecciones generales, ejerciendo su atribución en la materia, como máximo ente del Órgano Electoral. Y segundo, dio curso a una acción de inconstitucionalidad concreta presentada a su conocimiento. Examinemos esto último.
Después de que al candidato masista se le fue la lengua al comentar públicamente “encuestas internas” de su partido, se presentaron varias solicitudes de cancelación de la personalidad jurídica del MAS, recordando además la manera en que el anterior Gobierno actuó en contra de otro partido en 2015, por la misma razón. El MAS, con la doble moral que lo caracteriza, alzó el grito al cielo; dijo que la norma que él mismo había creado y utilizado para su propio interés, era inconstitucional, y suscitó una “acción concreta de inconstitucionalidad”, prevista en el Código Procesal Constitucional.
El TSE dio curso a la acción suscitada y remitió antecedentes ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, para que este se pronuncie en relación con el parágrafo III del artículo 36 de la Ley de Régimen Electoral. Con base en tal decisión, el TSE deberá emitir resolución definitiva respecto a la cancelación de la personalidad jurídica del MAS y de otras organizaciones políticas, habida cuenta que se han presentado solicitudes similares respecto a estas últimas.
¿Pudo el TSE optar por no promover la acción? Sí. En tal caso, sin embargo, también estaba en la obligación de remitir su decisión en revisión ante el TCP, el cual podía, de todas maneras, admitir la acción solicitada.
El TSE ha decidido actuar conforme disponen la CPE y las leyes. ¿No debería ser esto motivo de satisfacción ciudadana, o nos gustaría seguir asistiendo al triste espectáculo de un TSE sometido al Ejecutivo, vulnerando la Constitución, riéndose de un referendo y llevando adelante un proceso electoral fraudulento?
Los verdaderos demócratas no pueden ni deben actuar como aquellos que pisotearon la Constitución y las leyes y utilizaron la democracia para hacer de las suyas.
A esos, que se creyeron eternos, se los debe derrotar sin fraude ni violencia, sin violar el ordenamiento jurídico, sin actuar como ellos. El TSE, felizmente, no está repitiendo los malos ejemplos.