La resolución TSE-RSP-JUR N. 030/2020 concluye que el spot televisivo constituye propaganda electoral prohibida por la Ley y la Reglamentación específica.
“El contenido del mensaje principal no se limita a difundir una gestión gubernamental, por cuando las referencias explícitas al pago de nuevos bonos expone el pensamiento de la presidenta del Estado y candidata…, poniendo en situación de desventaja al resto de las candidaturas y organizaciones políticas que participan en el proceso electoral; asimismo, alude a otras organizaciones políticas que contienden en las Elecciones Generales 2020”, señala el documento aprobado por los vocales del TSE.
La Sala Plena del TSE instruyó que los medios de comunicación suspendan la difusión del spot en un plazo máximo de dos horas a partir de su conocimiento.
Revisa aquí la resolución del TSE sobre el spot televisivo "Liberen el dinero"