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Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: jueves 20 de agosto de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Mediante una resolución, el TSE instruyó suspender la difusión del spot en el que la Presidenta y candidata de la alianza Juntos, Jeanine Añez, exige a la Asamblea Legislativa que libere el dinero para pagar el bono Salud.
"El contenido del mensaje principal no se limita a difundir una gestión gubernamental, por cuando las referencias explícitas al pago de nuevos bonos expone el pensamiento de la presidenta del Estado y candidata”, señala la instrucción oficial.
El documento agrega que el material audiovisual financiado por el Ministerio de la Presidencia pone “en situación de desventaja al resto de las candidaturas y organizaciones políticas que participan en el proceso electoral; asimismo, alude a otras organizaciones políticas que contienden en las Elecciones Generales 2020”.
La propaganda electoral se encuentra prohibida en su difusión cuando es contratada por entidades o servidores públicos y es destinada a la promoción de candidaturas, exposición de una oferta programática y/o solicitud del voto.
Por ese motivo, la Sala Plena del TSE recalca que “la propaganda gubernamental autorizada hasta 30 días antes de la jornada de votación se debe limitar a difundir una gestión gubernamental, sin que con ese propósito se exponga, expresa o implícitamente, la imagen, el pensamiento o acción de una candidatura, y/o se proyecte una gestión de gobierno más allá de los límites temporales de su mandato…”.
En cumplimiento a la norma, el ente electoral instruyó poner en conocimiento de los medios de comunicación la Resolución, a objetivo de que se suspenda la difusión del spot en un plazo máximo de dos horas a partir de su conocimiento.
Además señala que las decisiones que disponen la suspensión de la propaganda que incumpla los presupuestos establecidos en la ley y los reglamentos son de cumplimiento obligatorio, inapelables e irrevisables.



