Medio: El Deber
Fecha de la publicación: viernes 11 de mayo de 2018
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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"A efecto de garantizar el ejercicio del derecho al voto de los bolivianos y las bolivianas residentes en el extranjero, el voto podrá ser electrónico, aplicando lo establecido en el parágrafo I del presente artículo", detalla uno de los fragmentos del texto.
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En la víspera la titular de esa instancia legislativa, Gabriela Montaño, aseveró que se permitirá que un compatriota "pueda obtener su nacionalidad boliviana después de los 18 años sin trasladarse a Bolivia, que es algo fundamental; y lo segundo, que el empadronamiento sea permanente".
Actualmente, los connacionales menores de 18 años tramitan su nacionalidad boliviana en oficinas consulares o consulados; sin embargo, a partir de los 18 años debían llegar hasta Bolivia para obtener su nacionalidad boliviana, lo cual es difícil por los gastos que dicha tramitación implica.
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"Esto significa manipulación, fraude, similar a la fórmula chavista, a la fórmula venezolana para no respetar nuestro voto. Ellos saben que están muy mal en el país y por eso optan por esta estrategia que tiene fines oscuros", advirtió el diputado Gonzalo Barrientos.
Montaño resaltó que la norma es un paso para la implementación del adelanto tecnológico de cara a futuras elecciones. "Abre el candado para que si en algún momento se diera la posibilidad de tener voto electrónico en el exterior, no haya ese candado en la ley", sostuvo.