Medio: La Patria
Fecha de la publicación: sábado 08 de agosto de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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En la resolución 025/2020, emitida el 3 de agosto, el TSE decidió “promover la inconstitucionalidad concreta presentada por el delegado político titular del Movimiento al Socialismo (MAS-IPSP), cuestionando la constitucionalidad del parágrafo II del artículo 136 de la Ley 026 de Régimen Electoral”, señala el documento que el diario EL DEBER tuvo acceso.
El Órgano Electoral resolvió no sancionar al MAS, sino que hizo suya la acción de inconstitucionalidad presentada por este partido ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). En esta acción, cuestiona la norma porque al disponer la suspensión inmediata de la personería jurídica de un partido político por la difusión de encuestas, obstruye el derecho al debido proceso, reportó el diario.
También, la resolución de la Sala Plena del Órgano Electoral traza que la decisión del TCP se aplique también en relación a las denuncias que hay contra la agrupación política Comunidad Ciudadana (CC), y las alianzas políticas Juntos y Creemos, a cuya militancia igualmente se la acusa de haber divulgado encuestas en campaña.