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Medio: Jornada
Fecha de la publicación: martes 28 de julio de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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La sola presentación de la Acción no anula esta posibilidad, ya que es más que probable que la Comisión del TCP, antes de admitirla, dicte Auto de Rechazo por manifiesta improcedencia al carecer de fundamentos jurídico constitucionales, ya que una Acción de Inconstitucionalidad es de Puro Derecho y ningún acápite de la Ley 026 es contraria a la Constitución, el control de constitucionalidad del TCP no alcanza a la valoración de los fines, los propósitos, la conveniencia o beneficios para un partido que pudiese generar la disposición legal impugnada, ya que su labor se concentra en el control objetivo de constitucionalidad de las disposiciones legales objetadas.
Al respecto, el artículo 136 no vulnera derechos, los recurrentes crearon esta norma y la ejercieron en contra de opositores políticos en una elección anterior, (año 2015), con lo que convalidaron su vigencia formal y material y admitieron su eficacia jurídica; además, fue el MAS quien generó la jurisprudencia contraria a esta malinterpretada pretensión y hoy la quiere revertir en fraude de la Ley. Pide se viole los principios de certeza y legalidad de la Ley Electoral la que supone derechos, pero también deberes.
El TSE es la instancia competente para conocer y emitir sentencias sobre este caso, además de las denuncias sobre el fraude mayúsculo y el recurso contra la Ley 421, de acuerdo a los artículos: 136 III. «Sanciones» y 238° «Delitos Penales» de la Ley 026 del «Régimen Electoral» y, si en algo el Estado debe ser riguroso, es en respetar las instituciones, y dejar que ellas actúen en función a las normas.
Tanto el TSE como el TCP saben que nadie está por encima de la Ley, que es hora de expresar alegatos contra la cultura de la impunidad, de lo contrario facilitaran la repetición futura de los ilícitos y un mayor empoderamiento de Morales y del MAS.
El alarde de impunidad que lanza el MAS con la presentación de la Acción, es letal para la confianza en el Estado. Concederles una medida de gracia significará el desprecio del TSE y TCP con los ciudadanos, estarán fuera de toda cobertura legal y entrarán en los dominios de la decisión prevaricadora, no jurídica. Los bolivianos no merecemos otra estafa antidemocrática. La soberanía es del pueblo y este tiene derecho a exigir del TSE y del TCP ejemplaridad. Los miembros del TSE y del TCP deben honrar su «magistratura». La «appellatio ad populum» clama restituir la confianza en la Ley en este nuevo escenario democrático, por el que, muchos ciudadanos murieron y otros fueron al exilio.



