Medio: ERBOL
Fecha de la publicación: lunes 27 de julio de 2020
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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Explicó que la primera Ley 018 del Órgano Electoral señala que éste poder tiene igual jerarquía constitucional que el resto de los poderes, tiene autonomía y no recibe instrucciones de otro órgano, ni presiones de ningún poder fáctico. En tanto que la Ley 026 del Régimen Electoral, establece que los comicios nacionales serán convocados por el TSE, mediante Resolución de Sala Plena, no por ley del Congreso.
Cree que los productores de coca del Chapare rechazan la postergación de las elecciones y chantajean “al estilo Pablo Escobar en Colombia, con convulsionar el país si no votamos el 6 de septiembre en medio de la pandemia”, dice una nota de prensa.
Advierte sin embargo que “Bolivia no aceptará, ni se doblegará ante estas narco-amenazas, ni ante las maniobras de dos vocales masistas del TSE” que en horas pasadas a título personal enviaron una nota a la Asamblea Legislativa solicitando aprobar una ley específica de postergación.
Quiroga considera que el propósito de este rechazo a postergar las elecciones es evitar que la observación internacional detecte los fraudes electorales. Exige a Luis Arce respalde el diferimiento electoral determinado por el TSE para preservar la vida, cuidar la salud y votar con legitimidad.



