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Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: sábado 25 de julio de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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“(El Tribunal) Ha determinado que el presidente (del TSE) Salvador Romero y la Sala Plena en el plazo de 10 días a partir de la notificación de la sentencia tenga necesariamente que basarse en los informes del Comité Científico del Ministerio de Gobierno y de Salud para ver una fecha apropiada para convocar a elecciones”, precisó Gareca a radio Fides.
La sentencia también dispone que los Tribunales Departamentales recaben información sobre las condiciones para los sufragios, los informes deberán basarse en un reporte epidemiológico del Comité Técnico Científico.
Gareca considera en base al fallo de la Acción Popular, que la nueva fecha de elecciones anunciada por el TSE no será la definitiva ya que debe darse cumplimiento a lo instruido por el juez de garantías.



