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Medio: La Razón
Fecha de la publicación: martes 07 de julio de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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El principal hecho en que se basa la acusación fiscal es la presunta coordinación que mediante una llamada telefónica mantuvieron el exmandatario y Faustino Y. Y. para el “bloqueo de alimentos y cerco a las ciudades capitales durante los conflictos de noviembre del 2019”, destaca una nota de prensa de la Fiscalía de La Paz.
El Ministerio Público asegura que “evidenció que el exjefe de Estado y el coimputado Faustino Y.Y. mantuvieron comunicación mediante llamadas telefónicas el 14 de noviembre de 2019, desde la ciudad de México hasta El Torno, Santa Cruz. Aparentemente, en esa conversación, Morales habría instruido al dirigente cocalero cometer actos ilícitos durante los hechos violentos registrados en el país a partir del 10 de noviembre de 2019”.
Contraparte
Para el abogado y diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) Víctor Borda, hay un problema de origen en la imputación, cuando se trata de establecer un delito a partir de una conversación. «Una acusación formal es una calificación provisional del delito; tiene que haber suficientes indicio es para acreditar que con probabilidad (el acusado) es autor del hecho; en este caso, al expresidente se le está sindicando de ‘terrorismo’ por una conversación que ha mantenido con un exdirigente. Y ahí yo no veo el nexo. ¿Cuáles son esos otros indicios? Porque el terrorismo implica un hecho doloso, donde tiene que haber resultado el hecho, hacer volar un planta o cualquier hecho violento», explicó.
El legislador pregunta: ¿Cuál ha sido el resultado de esa conversación, se ha materializado o no? Y concluye: «Entonces, una vez más se está demostrando que el Ministerio Público no está aplicando la ley, la Constitución, sino que definitivamente está actuando en base a intereses políticos».
Una conversación, destaca Borda, no es suficiente para sostener la denuncia de grave delito, «peor aún para materializar una imputación por el delito de terrorismo, cuando terrorismo implica actos de hecho que atenten contra la vida o contra la seguridad interna del Estado».
Según la Fiscalía, por una «triangulación» de las llamadas telefónicas que hicieron ambos imputados, ellos “se habrían comunicado en al menos dos ocasiones más, entre el 12 y 17 de noviembre de 2019”. Un elemento central para la acusación también es el video del momento en que hablan Morales y Faustino Y. Y., cuando se habla del referido corte de alimentos a las ciudades. Dicho video fue encontrado en el celular del hijo de Faustino Y. Y., Alejandro Y. S.
La Fiscalía sustenta su acusación en la pericia audiológica forense que hizo del audio el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) del Ministerio Público de Colombia, que dio como resultado, asegura el Ministerio Público, “que las muestras tienen una alta probabilidad de identificación de la voz del señor Evo Morales Ayma”.
La Comisión de Fiscales que procesa el caso, además de emitir la imputación formal, solicita la detención preventiva del expresidente Evo Morales.



