Medio: La Patria
Fecha de la publicación: miércoles 01 de julio de 2020
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Renuncias y cambios de autoridades electas
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Según la determinación, los actos fueron consentidos por parte del exgobernador Pizarro y conforme al artículo 53 del Código Procesal Constitucional estos actos consentidos, sean expresos o por una actitud pasiva, imposibilita el ingreso de análisis al fondo del caso por lo que el Tribunal de garantías determinó la improcedencia de la acción del Amparo Constitucional.
Hace varios días, Pizarro consideró que fue vulnerado su derecho a la función pública y presentó el Amparo Constitucional luego de que algunos asambleístas decidieran destituirlo y nombrar a Edson Oczachoque en su lugar.



