Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: miércoles 17 de junio de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Asamblea Legislativa Plurinacional
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El pleno de la Cámara de Diputados sancionó este miércoles la Ley 199 de Estados de Excepción, el principal objetivo de la norma es regular los estados de excepción dentro del territorio nacional. El gobierno anunció que presentará un recurso de inconstitucionalidad porque la norma pretende dejar en la impunidad los actos violentos.
“El Estado no podrá dictar estado de excepción cuando se registren conflictos, agitación popular, movilizaciones sociales o las dificultades u obligaciones financieras por sí solas o por su subjetiva vinculación a entidades externas”, señala el parágrafo II del artículo 24 del proyecto de ley.
Además, agrega que solo se declarará estado de excepción cuando se constituya en una amenaza real de un estado de guerra internacional, invasión, ataque de una o más potencias extranjeras o fuerzas irregulares de extrema gravedad e inminente que puedan afectar los intereses de Bolivia.
Al respecto, el viceministro de Seguridad Ciudadana, Wilson Santamaría, advirtió que acudirán al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) porque la ley busca blindar los actos de sedición protagonizados por sectores afines al Movimiento Al Socialismo (MAS).
“Vamos a acudir al Tribunal Constitucional para demandar la inconstitucionalidad de esta ley. No tiene ni pies ni cabeza y la Constitución es clara en su concepción respecto al tiempo de duración de los estados de excepción. Por lo tanto, es una ley estéril que tiene objetivos y contenidos políticos para proteger a su propia militancia”, resaltó la autoridad.
El proyecto de ley fue remitido al Órgano Ejecutivo para que sea promulgado en los plazos establecidos. Los legisladores del MAS advirtieron que en caso de no ser promulgada, lo hará la presidenta de la Cámara de Senadores, Eva Copa.
La norma
El artículo 13 de la norma indica que los efectivos policiales o militares podrán ser procesados y sancionados administrativa, civil y penalmente por los actos que puedan cometer en el ejercicio de sus funciones.
También atribuye poderes a la Defensoría del Pueblo, que podrá solicitar informes en cualquier momento al Ejecutivo y éste no podrá aducir reserva de la información ni secretos de Estado.
La exmagistrada del Tribunal Constitucional, Silvia Salame afirmó que la norma es innecesaria y que busca deslindar de responsabilidades penales a los protagonistas de actos violentos en el país.
“Es una norma innecesaria, pero maliciosa. Todo lo que señala ya está regulado en la Constitución, el Gobierno no puede dictar un estado de sitio sin la aprobación de la Asamblea Legislativa, cuando el Ejecutivo manda el decreto, la Asamblea tiene que emitir una ley y en ella se especificarán las condiciones del estado de excepción”, afirmó.
La norma plantea una sanción pecuniaria para quienes incumplan el estado de excepción, que no sobrepase el 10% del salario mínimo nacional.
El artículo 12 habla de que el Ejecutivo debe informar semanalmente sobre la ejecución del estado de excepción a la Asamblea Legislativa Plurinacional, Órgano Judicial, Defensoría del Pueblo, Contraloría General del Estado, Procuraduría General del Estado y al Ministerio Público”.
La disposición transitoria, obliga al Ejecutivo a remitir al Legislativo, en el plazo máximo de 24 horas siguientes a la promulgación de la presente ley, un informe de todas las medidas asumidas por la pandemia del Covid-19, su ejecución y los resultados obtenidos.
Además debe detallar los derechos constitucionales limitados, las medidas sanitarias asumidas y las acciones económicas desarrolladas, adjuntando además todos los decretos y otras normas emitidas al efecto.



