Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: domingo 07 de junio de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunales Electorales Departamentales (TED)
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El “principio de preclusión” que defiende el TSE consiste en el cumplimiento de actividades de acuerdo a tiempos asignados dentro de un proceso, en este caso, el de inscripción de nuevos votantes, que ya concluyó dentro del calendario electoral, cuando los comicios nacionales estaban inicialmente previstos para el 3 de mayo.
“Este (principio de preclusión) es un criterio del TSE que contrasta con la legítima defensa de los derechos políticos (de los jóvenes de 18 años), previstos en la Constitución Política del Estado, por lo que algunas agrupaciones políticas han interpuesto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) un recurso de inconstitucionalidad”, dijo Cervantes.
Informó que de “manera permanente” los nuevos ciudadanos, que llegarán a la mayoría de los 18 años hasta el 6 de septiembre, expresan al TED Chuquisaca su consulta y preocupación para saber si van a poder votar el día de la elección.
Aclaró que el TSE es la entidad con atribuciones para revisar el tema.
Dijo que el TSE, de manera “muy puntual”, señaló que aplicará el “principio de preclusión”, por lo que recomendó a las organizaciones políticas y especialmente a los jóvenes trasladar sus preocupaciones al TSE.
Aclaró que el Tribunal Departamental Electoral tiene limitaciones sobre las decisiones de las elecciones nacionales, que recaen exclusivamente en el TSE, como señala la ley.




