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Medio: El Día
Fecha de la publicación: viernes 05 de junio de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Asamblea Legislativa Plurinacional
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En la oportunidad, Copa señaló que la norma no viola ningún derecho, cumple con la Constitución y se rige a las propuestas de Tribunal Supremo Electoral (TSE).
Con el memorial en la mano, Copa explicó que el espíritu de la Ley 1297 es cuidar la salud, así como posibilitar que la ciudadanía acceda a su derecho a votar por las autoridades que cree deben hacerse cargo del Estado, por lo que la fundamentación presentada ante el TCP en respuesta al recurso de inconstitucionalidad contra la norma presentada por el exsenador Oscar Ortiz, “demostrará que se basó en las leyes y la Constitución”, dijo.
“Fuimos notificados y es por eso que estamos presentes, ya que una de las acciones que ha sido presentada por el exsenador Oscar Ortiz fue aceptada y por procedimiento vinimos a presentar las respuestas a las observaciones que se hicieron. No se viola ningún derecho, hemos cumplido lo que dice la Constitución, hicimos caso a la que indicó el TSE, este es el descargo que estamos dejando y esperemos que el TCP lo analice en Sala Plena”, sostuvo Copa.
Días atrás, la presidenta de la ALP explicó que tras el rechazo del TCP al recurso de nulidad de la Ley 1297, quedó claro que se reconoce su presidencia en la Asamblea y su facultad de promulgar leyes, además de dejar vigente la mencionada norma. Esta jornada se procedió a responder al TCP sobre otro recurso contra la Ley presentado por Ortiz y que sí fue aceptado.
Finalmente, la legisladora reiteró que mientras la Ley 1297 que fue promulgada en la Asamblea Legislativa Plurinacional no sea declarada inconstitucional, sigue vigente y es una norma nacional que hay que cumplir.
El pasado 26 de mayo se conoció que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley promulgada por la Asamblea Legislativa que dispone que las elecciones generales deben desarrollarse hasta la primera semana de agosto.
El recurso fue activado por el exsenador Óscar Ortiz (ahora ministro), la senadora Silvia Carmen Rosa Guzmán y la diputada Rose Marie Sandoval, demandando que se declare inconstitucional el artículo 2 de la mencionada Ley que establece que los comicios deberían efectuarse los primeros días de agosto.
No obstante, el TCP también decidió rechazar la solicitud de establecer medidas cautelares contra la norma recurrida para suspender su aplicación mientras se emite sentencia.
Por otro lado, el Tribunal Constitucional también rechazó otros dos recursos presentados contra la Ley que fija el plazo de las elecciones.
Uno era el un Recurso Directo de Nulidad que presentó el mismo grupo de legisladores, a la cabeza de Ortiz; y también rechazó la Acción de Inconstitucionalidad que presentó la senadora Carmen Eva Gonzales a solamente la parte del artículo 2 que menciona el plazo de 90 días, a partir del 3 de mayo, para la realización de los comicios.



