Medio: El Potosí
Fecha de la publicación: miércoles 03 de junio de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunales Electorales Departamentales (TED)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
Explicó que para que exista una renuncia, esta decisión debe ser libre. De acuerdo a la norma electoral vigente, hay mecanismos de protección, sobre todo para las mujeres, para evitar cualquier tipo de acoso o violencia política.
El funcionario electoral destacó que el TED puede intervenir en caso de que alguna alcaldesa o concejala sufra presión o acoso puesto que existe una ley que vela por los derechos políticos, de las mujeres.
En este caso, por ejemplo, si una mujer sufre acoso y violencia política y renuncia a su cargo, el TED puede dejar sin efecto su renuncia, bajo un procedimiento.
Las autoridades mujeres pueden hacer su denuncia ante la autoridad electoral para informar la situación para que la sala plena tome una determinación.
En el caso de los varones, no hay un procedimiento específico proteccionista. En caso de que una autoridad, varón, sea presionado, no hay una norma, como en el caso de las mujeres. En este caso cuando el varón presenta su renuncia, el TED toma conocimiento de la renuncia, pero no valida la misma, porque es el Concejo Municipal, que por ejemplo, se pronuncia al respecto, en caso de que el Concejo admita la renuncia, se procede a la habilitación del suplente. Este trámite lo hace el partido político a través del delegado. El TED asume competencia en la habilitación del suplente.



