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Medio: El Potosí
Fecha de la publicación: sábado 16 de mayo de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Ejecutivo
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Dijo que la disposición adicional única penalizando la desinformación, ya es un tema de violación a la Constitución de mayor envergadura por su infracción a la Constitución.
“Si usted penaliza el derecho a la información bajo cualquier pretexto, razón o motivo, le está dando un golpe de muerte a la democracia en Bolivia”, manifestó a Erbol un día antes que el gobierno de la presidente Jeanine Añez decidiera derogar dicha Disposición Adicional.
Recordó que la difusión de la información está reconocida como derecho fundamental en varios artículos de la CPE y el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Manifestó que esta tendencia se mantiene en la Constitución y además regula que en estados de excepción, ciertos derechos y libertades privilegiadas ni siquiera podrían ser afectados en los llamados estadios de sitio.
El abogado constitucionalista afirmó que el decreto 4232 sobre transgénicos viola también la Constitución que en el artículo 409 dispone que la “producción, importación y comercialización de transgénicos será regulada por ley” y no por un decreto.
Indicó que el gobierno transitorio empezó a sacar decretos que exceden su responsabilidad histórica pero además violando la Constitución e impidiendo que todos los sectores de la sociedad representados en el Parlamento, puedan debatir de manera amplia y profunda sobre la necesidad de introducir cultivos transgénicos.
Sostuvo que el Código Procesal Constitucional no acepta la nulidad de pleno derecho, sino presume la constitucionalidad de toda ley y de todo decreto que se encuentre vigente, pero eso no quita que, ante semejantes vicios de inconstitucionalidad, los sujetos legitimados puedan demandar ante el Tribunal Constitucional y si éste considera que estos decretos son contrarios a la CPE, los debe anular y expulsar del ordenamiento jurídico del país.



