Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: jueves 14 de mayo de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Asamblea Legislativa Plurinacional
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Según el experto, el Tribunal Constitucional no debería analizar los dos recursos de nulidad e inconstitucionalidad presentados por el Gobierno, sino que tendría que anular la promulgación de la Ley 1297 porque Copa carece de "calidad y capacidad" para dicho procedimiento
Karem Mendoza G. / Bolivia Digital
El jurista Jorge Valda cuestionó el procedimiento de la promulgación de la Ley 1297 de Postergación de Elecciones y observó los alcances de las atribuciones de la presidenta del Senado, Eva Copa. En este sentido, exhortó al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que anule la norma electoral avalada por el Movimiento al Socialismo (MAS).
Según el especialista, quien tiene la “calidad y capacidad” de actuar en reemplazo del presidente o presidenta del Estado es el vicepresidente o vicepresidenta, que se convierte en el “presidente nato” de la Asamblea Legislativa. Por tanto, señala que la presidenta del Senado no tiene tal calidad.
“Consideramos que el TCP, al amparo del artículo 147 del procedimiento constitucional, no debe esperar ni siquiera la resolución de ulteriores recursos, sino de forma directa, en un plazo de 24 horas o a más tardar 48 horas, debe anular la promulgación de la Ley de Elecciones 1297”, aseveró.
Por su parte, el diputado del Movimiento al Socialismo Víctor Borda indicó que la presidenta del Senado tiene las atribuciones de vicepresidenta para promulgar leyes.
“Es una sucesión constitucional que establece la propia Constitución Política del Estado”, apuntó.
Las autoridades de Gobierno y legisladores presentaron dos acciones contra la Ley 1297 de Postergación de las Elecciones ante el TCP, en Sucre. Las observaciones son de forma y fondo al artículo 2 de la norma, que da un plazo de 90 días al Órgano Electoral para la realización de los comicios.
El recurso directo de nulidad cuestiona la sesión de la Asamblea Legislativa del 30 de abril, en la que se aprobó la ley.
Este debate estaría viciado de nulidad porque la presidenta del Senado, Eva Copa, debía convocar a una nueva sesión 24 horas después.
En el caso de la segunda acción, el Gobierno pide al TCP derogar parte del artículo 2 de la Ley 1297 bajo dos postulados. El primero porque violaría la independencia de poder y la potestad del organismo electoral de organizar elecciones, y el segundo porque vulnera el derecho a la salud.