Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: domingo 19 de abril de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Ejecutivo
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
Pese a la falta de reglamentación del Decreto Supremo 4217, el seguro para los profesionales y trabajadores en salud relacionados con la Covid-19, que cubre caso de invalidez total y permanente o muerte, está en vigencia por lo que los familiares directos de la persona afectada podrán cobrar el seguro de 100 mil bolivianos dispuesto para el efecto.
De acuerdo con la norma, ‘la fecha de inicio de la cobertura de la póliza del seguro señalado en el artículo 2 del presente Decreto Supremo, corresponde a la fecha de publicación de la presente norma’. La Gaceta Oficial del Estado publicó esa norma el 14 de abril.
El referido artículo contempla la contratación directa de un seguro anual colectivo de invalidez total y permanente o muerte por el lapso de un año, para profesionales y trabajadores en salud, contagiados por la atención o prestación de servicios relacionados a pacientes infectados que trabajan en establecimientos de salud, clínicas y otros de los Subsectores Público, de la Seguridad Social de Corto Plazo y Privado del Sistema Nacional de Salud.
Hasta la fecha se registraron dos muertes de profesionales en salud en el departamento de Santa Cruz a causa de coronavirus. Ambas eran enfermeras, la primera se registró el 8 de abril en Montero y se trata de Fanny D. (36) quien tenía un embarazo de 26 semanas; el segundo deceso se dio el 16 de abril en Roboré, Disneyda V.S. quien dejó a tres hijas en la orfandad.
El ministro de Salud, Marcelo Navajas, informó a través de los medios oficiales del Estado que el 17 de abril se suscribió el contrato de seguro de vida. Sin embargo, no se confirmó que los dos decesos de Santa Cruz serían cubiertos por el seguro.
“Con la presencia del Banco Central de Bolivia (BCB), el Viceministro de Pensiones, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones, el Ministerio de Salud y la aseguradora UNIVIDA acordamos firmar el seguro de vida por 100 mil bolivianos para el personal de salud que se encuentra en combate al coronavirus, los beneficiarios serán todos los trabajadores de establecimientos de salud pública, privada y de seguridad social de corto plazo del sistema nacional de salud”, mencionó.
Según lo establecido por el Decreto Supremo, el monto que la entidad aseguradora pagará por asegurado será de: 100 mil bolivianos en caso de siniestro por invalidez total y permanente, a favor del asegurado; y 100 mil bolivianos en caso de muerte del asegurado, a favor de los herederos legales.
“Su vigencia a partir de ese día 17 de abril del 2020, además se establece como parte del seguro los riesgos de enfermar por coronavirus y muerte por esta causa. En caso de muerte los familiares directos recibirán este seguro”, dijo el Ministro de Salud, pero la Disposición Final Segunda del DS 4217 señala que ‘la fecha de inicio de la cobertura de la póliza del seguro señalado en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo, corresponde a la fecha de publicación de la presente norma’.
Financiamiento
La norma establece que, para el personal asegurado de las entidades de la Seguridad Social de Corto Plazo, ‘la prima del seguro será pagada por el respectivo Ente Gestor’.
En tanto, para el personal asegurado del Sistema Nacional de Salud ‘la prima será pagada por el Ministerio de Salud con recursos del Tesoro General de la Nación’.
Alcance
El artículo 9 del DS 217 establece que las entidades de salud deben remitir la nómina oficial de los profesionales que serán asegurados.
“Los establecimientos de salud, clínicas y otros de los Subsectores Público, de la Seguridad Social de Corto Plazo y Privado del Sistema Nacional de Salud, elaborarán la nómina de los profesionales y trabajadores en salud a ser asegurados, que se considerará como una declaración jurada, misma que será remitida al Ministerio de Salud para su procesamiento y posterior envío a la Entidad Aseguradora”.