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Medio: La Patria
Fecha de la publicación: miércoles 04 de marzo de 2020
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Renuncias y cambios de autoridades electas
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Luego de cinco horas de duración de la audiencia de acción de amparo constitucional que presentó el ahora nuevamente alcalde, Saúl Aguilar, finalmente se dilucidó el panorama y se dictaminó su retorno a ocupar la silla edil inmediatamente.
Contenido
La audiencia se llevó a cabo ayer desde las 17:00 horas y a las 22:06 se oficializaba el fallo de los vocales de la Sala Constitucional Segunda que al considerar los elementos de los accionantes, anunciaban el fallo favorable a Aguilar, lo que generó algarabía entre los vecinos y seguidores del ahora nuevamente alcalde, que se mantuvieron expectantes de lo que acontecería.
El amparo constitucional presentado por Aguilar, estaba orientado a dejar sin efecto la Ordenanza Municipal 089/2019 que asumía la renuncia expresa del burgomaestre a través de redes sociales el 9 de noviembre de 2019, sin embargo, la consideración de la autoridad era que en ningún momento dicha renuncia fue efectuada de manera personal y escrita mediante una nota como señalan las normas.
Fue precisamente lo dispuesto en la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales de Oruro, en su artículo 10, parágrafo I, que expresa que: "Toda renuncia de Alcaldesa o Alcalde, Concejala o Concejal, se formalizará mediante la presentación personal de una nota expresa de renuncia ante el Concejo Municipal y el Órgano Electoral. De no cumplirse ambos requisitos, no se reconocerá como válida la renuncia", lo que se consideró como fundamental para emitir el fallo a favor de Saúl Aguilar.
Para los vocales, existían varios errores en el procedimiento para
alejar del cargo a Aguilar, por tanto, la Ordenanza Municipal fue considerada como una vulneración a sus derechos constitucionales, como al trabajo, estabilidad política y otros que fueron resueltos por los vocales de la Sala Constitucional Segunda que a su vez manifestaron que de manera inmediata debe presentarse en la Municipalidad y cumplir
el cargo de alcalde.
SUPLENTE
Algo que también fue resuelto en la audiencia, es el retorno de la concejal suplente de Aguilar, Aylin Juaniquina, a ocupar este espacio, toda vez que el titular asumirá el cargo de alcalde y sin que en su momento solicitara volver a su cargo de concejal, se emitió una resolución, vulnerando el derecho de la suplente en el cargo, que cesó funciones al iniciar el 2020, según informó su abogado, Álvaro Arellano.
ANTECEDENTES
El 18 de mayo de 2018, se realizó el primer cambio en la silla edil, nombrando a Hilaria Sejas como la sustituta de Edgar Bazán que fue remitido a San Pedro por el caso "mochilas", sin embargo, la gestión de Sejas, duraría sólo hasta el 8 de diciembre del mismo año, cuando el Concejo determinó colocar un alcalde permanente, eligiendo a Saúl Aguilar, que ocupaba en ese entones el cargo de vicepresidente del Concejo y finalmente el expresidente del Concejo Municipal, Oswaldo Olivera, sería la cuarta persona en asumir el cargo ante la renuncia por redes sociales de Saúl Aguilar, pero actualmente con el retorno de Aguilar mediante el fallo a favor del amparo constitucional, se convierte en la quinta gestión de un alcalde desde el 2015, un hecho inédito en el país.
El amparo constitucional presentado por Aguilar, estaba orientado a dejar sin efecto la Ordenanza Municipal 089/2019 que asumía la renuncia expresa del burgomaestre a través de redes sociales el 9 de noviembre de 2019, sin embargo, la consideración de la autoridad era que en ningún momento dicha renuncia fue efectuada de manera personal y escrita mediante una nota como señalan las normas.
Fue precisamente lo dispuesto en la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales de Oruro, en su artículo 10, parágrafo I, que expresa que: "Toda renuncia de Alcaldesa o Alcalde, Concejala o Concejal, se formalizará mediante la presentación personal de una nota expresa de renuncia ante el Concejo Municipal y el Órgano Electoral. De no cumplirse ambos requisitos, no se reconocerá como válida la renuncia", lo que se consideró como fundamental para emitir el fallo a favor de Saúl Aguilar.
Para los vocales, existían varios errores en el procedimiento para
alejar del cargo a Aguilar, por tanto, la Ordenanza Municipal fue considerada como una vulneración a sus derechos constitucionales, como al trabajo, estabilidad política y otros que fueron resueltos por los vocales de la Sala Constitucional Segunda que a su vez manifestaron que de manera inmediata debe presentarse en la Municipalidad y cumplir
el cargo de alcalde.
SUPLENTE
Algo que también fue resuelto en la audiencia, es el retorno de la concejal suplente de Aguilar, Aylin Juaniquina, a ocupar este espacio, toda vez que el titular asumirá el cargo de alcalde y sin que en su momento solicitara volver a su cargo de concejal, se emitió una resolución, vulnerando el derecho de la suplente en el cargo, que cesó funciones al iniciar el 2020, según informó su abogado, Álvaro Arellano.
ANTECEDENTES
El 18 de mayo de 2018, se realizó el primer cambio en la silla edil, nombrando a Hilaria Sejas como la sustituta de Edgar Bazán que fue remitido a San Pedro por el caso "mochilas", sin embargo, la gestión de Sejas, duraría sólo hasta el 8 de diciembre del mismo año, cuando el Concejo determinó colocar un alcalde permanente, eligiendo a Saúl Aguilar, que ocupaba en ese entones el cargo de vicepresidente del Concejo y finalmente el expresidente del Concejo Municipal, Oswaldo Olivera, sería la cuarta persona en asumir el cargo ante la renuncia por redes sociales de Saúl Aguilar, pero actualmente con el retorno de Aguilar mediante el fallo a favor del amparo constitucional, se convierte en la quinta gestión de un alcalde desde el 2015, un hecho inédito en el país.

Se generó bastante expectativa durante toda la audiencia /LA PATRIA

Algunas personas expresaron su apoyo a Aguilar mediante pancartas /LA PATRIA

Fuera de la sala constitucional también esperaba bastante gente
/LA PATRIA