Medio: Opinión
Fecha de la publicación: miércoles 04 de marzo de 2020
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Procesos contra autoridades electas
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En ambos procesos, la Comisión encontró “Responsabilidad Administrativa contra Marvell José María Leyes” por contravenir la Ley de Participación y Control Social, la ley Marco de Autonomías y Descentralización y el D.S. 28168, “imponiendo sanción de suspensión de 30 días calendario del ejercicio del cargo del Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, sin goce de haberes, en aplicación del Art. 21 Num. 4 del Reglamento de la Comisión de Ética y Procesos Administrativos y su Procedimiento aprobado por Resolución 6989/2015.
Karen Suárez, que en ese instante presidía el Concejo, hizo notificar a Leyes cuando este estaba recluido en San Antonio. Leyes se dio por notificado y ejecutada la sanción.
Sin embargo, el Concejo aclara que la sanción debió cumplirse “en ejercicio del cargo del Alcalde”, es decir estando en función. La consulta ahora al TCP y otras dos instancias será pedir una interpretación.