Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: martes 03 de marzo de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
“En conformidad al artículo 217 de la Ley de Régimen Electoral estamos presentando un recurso extraordinario de revisión a la decisión que tomó el TSE las pasadas semanas. En ese marco estamos presentando con todas las pruebas correspondientes más de 16 certificaciones que obtuve en mi comunidad, ayllu y departamento que certifican que tengo residencia en la localidad de Chajnacaya, Potosí”, explicó Pary.
Sobre el registro del padrón electoral que señala que votó en la sede de Gobierno en los últimos comicios, Pary señaló: “Si tenía residencia en La Paz fue por un tema laboral. Sin embargo, también la Constitución (Política del Estado) y la ley electoral establecen que no solamente la residencia se certifica por el padrón biométrico, sino hay otros elementos (con los que puede acreditar su residencia) como lo establece la sentencia 024 y las comisiones internacionales que evaluaron el tema”.
Respecto al tiempo de presentación, el excanciller aseveró que “la ley establece que todos los candidatos inhabilitados tienen el derecho de presentar una “revisión extraordinaria” cuando se presentan nuevos elementos y pruebas para ser habilitados a los comicios.