Medio: La Patria
Fecha de la publicación: lunes 02 de marzo de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunales Electorales Departamentales (TED)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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"No hay demandas de inhabilitación de la ciudadanía", informó Pereyra, no obstante, en base al calendario electoral, el plazo para la presentación de tales demandas en contra de los actuales candidatos fenece el sábado 18 de abril.
La autoridad electoral agregó que: "la población también puede hacer las demandas ante el Tribunal Supremo Electoral, vinculados a los cargos de presidente o vicepresidente, senadores y diputados, pero también puede hacerlo en el nivel departamental, vinculados a los representantes territoriales", es decir, candidatos a diputados uninominales.
Si bien, a la fecha, la página web del Órgano Electoral Plurinacional publicó la lista de candidatos habilitados de todas las organizaciones y alianzas políticas, la Ley de Régimen Electoral señala en el artículo 209 que las demandas pueden ser interpuestas hasta 15 días antes de la elección, pero también establece que "… Vencido el plazo, excepcionalmente, se admitirán demandas de inhabilitación hasta tres días antes de la votación, por hechos sobrevinientes comprobados".
De la misma forma, el artículo 109 de la mencionada ley respecto a la inhabilitación refiere que: "Las candidaturas a cargos electivos nacionales, departamentales, regionales y municipales únicamente podrán ser inhabilitadas por incumplimiento de requisitos o por estar comprendidas en causales de inelegibilidad, y según procedimiento establecido en esta Ley".