Medio: La Patria
Fecha de la publicación: jueves 27 de febrero de 2020
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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"Desde el 24 de febrero hasta el 18 de abril las personas cualesquiera fueran estas pueden presentar demandas de inhabilitación a los candidatos que hasta el día 23 de febrero han sido publicados como candidatos habilitados, estas listas pueden observarlos en la página web de OEP", explicó el presidente del Tribunal Electoral Departamental de Oruro (TEDO), Iver Pereira.
Según la Ley Nº 026, del Régimen Electoral, en el artículo 208, señala que están legitimadas para presentar demandas de inhabilitación todos los ciudadanos, así como las organizaciones políticas con personalidad jurídica vigente.
Si la demanda es contra algún candidato a Presidente o Vicepresidente, deben presentarlo en el TSE, y si es contra algún candidato regional, pueden hacerlo en los tribunales electorales departamentales, y éstas entidades inmediatamente remiten la demanda a la oficina nacional, pues es la única entidad competente para hacer la revisión.
Las demandas deben tener pruebas relacionadas con el incumplimiento de requisitos o la existencia de causales de inelegibilidad.
El Tribunal Supremo Electoral resolverá la demanda en el plazo de 72 horas de su presentación. Los fallos expedidos por el Órgano Electoral en estos trámites, serán irrevisables.