Medio: El Día
Fecha de la publicación: miércoles 26 de febrero de 2020
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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Antecedentes. En procesos electorales anteriores era común que si entre 09:00 y 10:00 de la mañana no se habilitaba una mesa de votación por falta de jurados electorales, el notario cerraba la mesa. Debido al cierre prematuro, muchos ciudadanos y ciudadanas que acudían al recinto pasado el mediodía no podían emitir su voto.
Cambio. "El nuevo Reglamento General de Elecciones 2020 lo que hace es ampliar el tiempo de habilitación de una mesa de sufragio de 1 a 8 horas, espacio suficiente para tener la esperanza de que lleguen los Jurados electorales designados para habilitar la mesa", explicó el representante del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE), Alex Quispe.
"El TSE decidió ampliar el horario de atención con el objetivo de precautelar los derechos que tienen los ciudadanos de acudir a una mesa de sufragio y ejercer su derecho al voto, durante el tiempo que dispone la ley, que son ocho horas de manera continua", acotó Quispe.
Prevención. El representante del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), Alex Quispe, informó el martes que no se dejará casillas en blanco en la sección de cómputo de votos de las actas de escrutinio, para evitar cualquier manipulación de cifras. "En las elecciones generales no se dejará ninguna casilla en blanco en la sección de cómputo de votos de las actas de escrutinio para evitar lo que siempre se ha denunciado, manipulación y acaso adulteración de cifras", explicó citado en un boletín institucional.
Abren el periodo de impugnaciones a candidatos
En cumplimiento al calendario electoral, a partir del 24 febrero, hasta el 18 de abril, se abre el período de impugnaciones a las candidaturas, tanto de alianzas como de partidos políticos. La etapa de impugnaciones, actividad 35 del calendario electoral, establece que las demandas de inhabilitación para candidaturas nacionales pueden ser presentadas ante el TSE, hasta 15 días antes de la elección. En tanto, las postulaciones de candidatos con jurisdicción departamental, las impugnaciones deben ser presentadas ante los tribunales Departamentales (TDE) dentro del mismo plazo. Según la Ley 026/10 de Régimen Electoral, y según establece la actividad 35 del cronograma de actividades para los comicios generales del 3 de mayo, las demandas de inhabilitación por "hechos sobrevinientes comprobados" pueden ser presentadas hasta tres días antes de la votación.