Medio: El Potosí
Fecha de la publicación: sábado 22 de febrero de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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“En el caso de Diego Pary, él nunca ha tenido un registro electoral en el Departamento de Potosí, por el cual estaba postulando y este es un elemento central para determinar la residencia permanente en un departamento, en una circunscripción dada”, explicó en entrevista con Erbol el presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Salvador Romero.
Según los registros del TSE, el excanciller Pary está inscrito para votar en la ciudad de La Paz.
Pary fue impugnado por no haber residido en el país los dos últimos años anteriores a la elección, debido a que estaba como embajador ante la OEA, además de que no está inscrito en Potosí.
Si bien una sentencia constitucional permite incluir en la categoría de residencia permanente a personas que estuvieron fuera de su territorio por designación, eso está sujeto a que el postulante esté inscrito para votar en la circunscripción por la cual postula. El caso de Pary, candidateaba por Potosí, pero estaba inscrito en La Paz. Tras confirmarse su inhabilitación como candidato a senador, Evo Morales anticipó ayer que apelará esta decisión.