Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: miércoles 15 de noviembre de 2017
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones judiciales
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Sin embargo ratificó el derecho que tiene la población para expresar su punto de vista, en los marcos del respeto a la libertad de expresión.
Al respecto, el vocal del TSE Idelfonso Mamani sostuvo que como institución electoral no puede emitir criterios, calificando o descalificando estas acciones.
“Conviene que los asuntos sean resueltos conforme a la norma y sean presentados ante el Tribunal Supremo o Tribunal Electoral Departamental”, sostuvo.
No obstante aclaró que la campaña está ausente en el actual proceso electoral, “lo que sí existe es la difusión de los méritos de los candidatos”.
Uriona afirmó que el Órgano Electoral Plurinacional garantiza la expresión que tiene la ciudadanía en cuando a las diferentes formas de votación que son: voto válido, blanco o nulo.
De acuerdo con el reglamento electoral, el voto válido es el que se contabiliza al final para emitir el resultado de las elecciones judiciales del 3 de diciembre, aclaró.
Reiteró que las prohibiciones están relacionadas a las campañas que pueda ejercer alguno de los candidatos, hechos que son valorados por el TED respectivo y en la Sala Plena del TSE, en última instancia.
En cuanto a los casos de inhabilitación, en el TSE se analizará la situación del candidato Hans Soruco Suárez, quien apeló la decisión del TED del Beni, que resolvió excluirlo de la elección por hacer campaña.