- El Día - CIDH deniega medidas de protección para vocales electorales y Tahuichi lamenta que es “un balde de agua fría”
- El Potosí - CIDH deniega medidas de protección para vocales
- Correo del Sur - Piden al TSE anular la personería del MAS
- El Diario - CIDH rechaza solicitud de protección de vocales electorales
Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: martes 18 de febrero de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
Bolivia Digital
El Movimiento Al Socialismo (MAS) es el partido político con más candidaturas impugnadas, tiene 11 de las 13 demandas presentadas ante el Órgano Electoral Plurinacional con miras a las Elecciones Generales del 3 de mayo.
Las postulaciones demandadas del MAS son once y entre ellas la de su candidato presidencial, Luis Arce Catacora y de Juan Evo Morales Ayma, candidato a primer senador por Cochabamba y Juan Diego Pary, candidato a primer senador por Potosí.
Las dos restantes son de la agrupación Creemos con Mario Adel Cossio, candidato a primer senador por Tarija y la de Jessmy Barrientos, candidata a la vicepresidencia por el Frente Para la Victoria (FPV).
Según el Órgano Electoral Plurinacional un total de 13 candidaturas tienen demandas de inhabilitación y observaciones pendientes de resolución.
Según lo anunciado el día de ayer, 1.278 candidatos fueron habilitados; 797 inhabilitados y 13 se encuentran con demandas de habilitación pendientes de resolución.
Según dirigentes del Movimiento al Socialismo, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) observó en la impugnación de Morales los requisitos de residencia y el que no hable dos idiomas originarios.
La Ley de Organizaciones Políticas establece que los postulantes deben cumplir el artículo 234 de la Constitución Política del Estado (CPE), que estipula “hablar al menos dos idiomas oficiales del país”.
El art. 149 de la Carta Magna dice también que: “Para ser candidata o candidato a la Asamblea Legislativa Plurinacional se requerirá cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público, contar con dieciocho años de edad cumplidos al momento de la elección, haber residido de forma permanente al menos los dos años inmediatamente anteriores a la elección en la circunscripción correspondiente”.