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Medio: ERBOL
Fecha de la publicación: viernes 07 de febrero de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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El documento, firmado por el abogado y exviceministro, Wilfredo Chávez como su delegado político del MAS, hace referencia al a sentencia 024/2018, la cual se emitió a denuncia de la diputada Norma Piérola.
Con dicha sentencia se interpreta la categoría de “residencia permanente”, que es un requisito para los candidatos que pretendas postular a cargos públicos.
El fallo considera que como “residencia permanente” debe entenderse como el “último domicilio” registrado en el Padrón Electoral.
Asimismo, abre la posibilidad de que una residencia “intermitente” pueda ser catalogada como “residencia permanente”, cuando las actividades que cumplió la persona en otro sitio hayan sido “por disposición legal o fuerza mayor”.
El MAS, en su memorial, pidió al TSE que aplique esos criterios emanados del Tribunal Constitucional y que son vinculantes, para rechazar las impugnaciones contra la candidatura del excanciller Diego Pary y casos similares en los cuales candidatos fueron cuestionados por el tema de la residencia.
Otro de los candidatos del MAS cuestionado por el tema de la residencia es Evo Morales, quien postula a senador por Cochabamba, pero que radicó en La Paz y desde noviembre del año pasado está en el exterior del país.
El requisito para candidatos a legisladores es que los postulantes hayan radicado los dos años anteriores a la elección en la circunscripción que pretenden representar.



