Medio: EJU TV
Fecha de la publicación: lunes 23 de abril de 2018
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Procesos contra autoridades electas
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- Política Cochabamba, sin Alcalde hasta que Concejo nombre al sucesor interino
Arresto domiciliario. El Órgano Deliberante deberá sesionar para dar lectura a la resolución emitida durante la audiencia cautelar a José María Leyes y analizar quién asumiría temporalmente el cargo.
EL ALCALDE JOSÉ MARÍA LEYES AYER, DURANTE LA AUDIENCIA DE MEDIDAS CAUTELARES EN LA EPI NORTE. DICO SOLÍS
Tras la disposición de medidas sustitutivas emitida por el juez Fernando Pérez, al finalizar la audiencia del alcalde José María Leyes Justiniano, la noche del sábado en la Estación Policial Integral (EPI) del norte, el municipio de Cochabamba quedó sin autoridad, ya que además de la detención domiciliaria, el arraigo y la fianza, se instruyó al imputado no acercarse a la Alcaldía, ni tener contacto con funcionarios de las reparticiones públicas.
El Concejo Municipal deberá sesionar para dar lectura a la resolución y designar interinamente a la nueva autoridad.
“Habrá que analizar la magnitud de suspensión de sus derechos políticos y laborales. Por este motivo no queremos emitir un criterio hasta un análisis jurídico. En base a ello vamos a tomar una decisión en el Concejo Municipal”, afirmó el presidente del Órgano Deliberante, Iván Tellería.
Según las declaraciones de la concejala del MAS Rocío Molina a la Agencia Boliviana de Información (ABI), de acuerdo a la Ley 482 de Municipalidades, corresponderá a la bancada mayoritaria, en este caso de los Demócratas, designar al Alcalde que ejercerá el cargo de manera interina, mientras culmina el proceso de investigación del caso de las mochilas chinas.
“Luego de tres días de ausencia de la máxima autoridad ejecutiva, sea por la razón que fuera, se debe proceder a designar a un Alcalde interino”, dijo la concejala en entrevista con los medios estatales.
Por su parte el, concejal del MAS Sergio Rodríguez consideró que los concejales de la bancada Demócrata deberán poner en agenda la elección de la autoridad temporalmente, porque esta ciudad no puede quedarse sin autoridad, ya que se deben continuar las obras, los proyectos y cumplimiento de las promesas electorales que Leyes realizó.
“La Ley 482, de los gobiernos autónomos municipales, indica de que el Alcalde interino o reemplazante tiene que ser un concejal de su partido”.
Rodríguez señaló que el Concejo Municipal de Cochabamba tiene a seis potenciales candidatos a alcalde interino.
DEFENSA
Por su parte, Sergio Coca, abogado litigante de José María Leyes Justiniano, aseguró que el equipo de abogados está analizando los procesos judiciales que seguirán a partir de hoy.
En primera instancia, Coca dijo que el proceso penal es en contra de la persona, es decir José María Leyes, no sobre la figura del Alcalde.
La acusación se basa en supuestos ilícitos dentro el desarrollo de sus actividades ediles, y tras la audiencia de medidas cautelares el juez Pérez determinó su detención domiciliaria sin derecho al trabajo.
“Estamos analizando si vamos a apelar o pedirle la modificación al mismo juez de la causa, porque el alcalde municipal José María Leyes no es funcionario de libre nombramiento, ni es un designado, ni administrativo. Él es un funcionario electo y la condición de electo no se le puede restringir su derecho constitucional de ser un Alcalde Municipal”, aseguró Coca.
En otro campo, el abogado habló de que la detención domiciliaria y la prohibición de acercarse a la Alcaldía e interactuar con los funcionarios a la autoridad; lo que obliga al Concejo Municipal a sesionar a la brevedad posible para elegir temporalmente una autoridad edil suplente.
“Es decisión del Concejo Municipal porque no se puede dejar una gestión municipal sin Alcalde, mientras duren los recursos constitucionales procedimentales penales que interpondrá el Alcalde”, dijo el abogado.
Al ser un proceso legal que requerirá de un tiempo hay que tomar medidas. “Esto no se arreglará de la noche a la mañana. Entonces, Cochabamba sí deberá tener un Alcalde suplente”.
Paralelamente, el equipo defensor está trabajando y analizando la posición que asumirán frente a esta decisión, que consideran es procedimental, pero no es ley.
Si bien el artículo 240 del código de procedimiento penal le posibilitaba al juez determinar una medida sustitutiva, de acuerdo con Sergio Coca esta no sería legal, porque dicha autoridad no fundamentó en su decisión final, “él (José María Leyes) es un funcionario electo y le da la facultad y privilegio constitucional de tener la medida sustitutiva, pero con autorización de ir al trabajo, porque su condición de electo y alcalde es muy peculiar y distinta a cualquier servidor público. Él tiene que dirigir una gestión municipal y seguir con su trabajo mientras dure este proceso. Lo contrario sería vulnerar su derecho constitucional al trabajo y otros adicionales”, finalizó el abogado defensor.
Gestión
José María Leyes inició sus funciones como Alcalde de Cochabamba el 6 de enero de 2015 y debe ejercer hasta 2020.
Juez vulneró derechos de Leyes
Algunas restricciones impuestas por el juez Fernando Pérez al alcalde José María Leyes vulneran sus derechos civiles y políticos, advirtió el abogado penalista y catedrático Henry Pinto.
“No solo se está vulnerando el derecho al trabajo, sino también a ejercer un mandato para el cual ha sido electo por voto popular. La restricción de un juez no puede vulnerar otros derechos que, en este caso, se relacionan con el desarrollo mismo del gobierno y de la democracia, por tratarse de un alcalde”, señaló. El docente dijo que el juez, al prohibir a Leyes acercarse a la Alcaldía y tomar contacto con funcionarios, “son en mi criterio excesivas porque están restringiendo otros derechos sin fundamento alguno, más si en este caso ya se han hecho allanamientos y secuestros de equipos.
Era inncecesario imponer estas restricciones”, opinó. Sin embargo, Pinto dijo que el Alcalde aún puede apelar esta decisión y un tribunal de alzada tendría que revertir o anular estas restricciones.
Opinión / Cochabamba