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Medio: ABI
Fecha de la publicación: jueves 30 de enero de 2020
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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"Es ilegal y no corresponde esta intención de candidatear por una razón elemental, no tiene la posibilidad legal de convertiste en candidato en este momento porque él mismo se ha acogido a la figura del refugio político en Argentina", dijo a la ABI.
Morales, quien se encuentra en calidad de refugiado en Argentina desde el 12 de diciembre, concedió un poder a sus abogados para que inicien el trámite de su inscripción ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) como candidato a asambleísta (senador o diputado) en las elecciones de mayo próximo.
Albarracín aseguró que Morales por voluntad propia tomó la decisión de buscar refugio político, primero en México y posteriormente en Argentina, por lo que debe acogerse a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, del cual forma parte Bolivia.
Explicó que esa convención establece derechos y obligaciones, y entre estas últimas señala que todo refugiado está prohibido de realizar política.
Consideró que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) hará un análisis de todos esos aspectos y emitirá un criterio final sobre la pretensión de Morales, la que confía será rechazada por esa instancia.
"Y no porque se trate de Evo Morales sino porque el mismo se ha generado la prohibición expresa al acogerse a la figura del refugio", acotó.
La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 trabaja para proteger y asistir a los refugiados en todo el mundo, con la opción de regresar eventualmente a su hogar, integrarse o reasentarse.



