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Medio: ERBOL
Fecha de la publicación: martes 28 de enero de 2020
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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“Nos vamos a referir al Tribunal Constitucional Plurinacional y al Tribunal Supremo Electoral entendiendo que después de la inscripción de candidatos inicia la etapa de impugnaciones. Tenemos un lapso un tiempo para poder impugnar obviamente eso lo vamos a realizar una vez inscrita la candidata”, señaló.
La Constitución permite que el presidente pueda participar de elecciones sin tener que renunciar. Sin embargo, el argumento de Cabrera sostiene que en el caso de Añez no se trata de una mandataria electa, sino transitoria, y no tendría esa prerrogativa de ser candidata al mismo tiempo que presidir el Gobierno.
Cabrera señaló además que el objetivo de la transición era llamar a elecciones imparciales. Recordó que el MAS puso sus dos tercios para convocar a comicios y prorrogar el mandato, por lo cual pidió a la mandataria que cumpla con el mismo compromiso hacia la población.
Recalcó que si Añez se inscribe como candidata, sin renunciar a la presidencia, el MAS impugnará su postulación. Señaló que la mandataria debe cumplir con el mandato de la transición.
En respuesta, el senador de Demócratas, Pablo Klinsky, dijo que el MAS tiene la potestad de presentar los recursos que pretenda, pero aseguró que Añez está habilitada por la Constitución.
Klinsky aseveró que existen dos maneras de acceder a la presidencia, una que es por el voto y una que es por sucesión. Además indicó que la presidenta ya cumplió con las dos tareas que se le había encomendado, que era la pacificación y llamar a elecciones.
No obstante, dijo que la palabra final la tendrá el TCP sobre si Añez tiene el derecho de postular.



