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Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: viernes 24 de enero de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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Bolivia Digital
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó hoy el Reglamento para el Registro de Alianzas, que establece que las organizaciones políticas deberán seis requisitos para registrarse y participar en las elecciones generales del 3 de mayo.
“Este viernes vence un nuevo plazo del Calendario Electoral y es el día en que las organizaciones políticas que deseen participar en alianza con otras coaliciones políticas deben señalarlo ante el Tribunal Supremo Electoral”, explicó el presidente del TSE, Salvador Romero.
Estos son los seis requerimientos que detalla el TSE:
1) Solicitud de registro de alianza firmada por los representantes legales de las organizaciones políticas.
2) Actas notariadas que reflejen la decisión y autorización orgánica de alianza de las organizaciones políticas, emanadas de sus máximas instancias internas de decisión.
3) El acta de la reunión constitutiva de la alianza, especificando el nombre, sigla, símbolo y colores que utilizará. El nombre, sigla, símbolo y colores que utilizará la alianza, no deberán ser similares o coincidentes a los partidos políticos o agrupaciones ciudadanas registrados ante el Tribunal Supremo Electoral y los Tribunales Electorales Departamentales.
4) El documento regulador de la alianza, que contendrá como mínimo: la base programática de la alianza, el objeto y temporalidad, las causales y procedimiento de disolución, la estructura orgánica mínima, que incluya una instancia de decisión y de resolución de controversias y de resolución de infracciones, las atribuciones y nómina de la directiva de la alianza, y los derechos y obligaciones de cada una de las organizaciones políticas que integran la alianza.
5) El programa de gobierno o plataforma de acción política, según corresponda.
6) El domicilio, datos de contacto, correo electrónico y, si hubiese, cuentas oficiales en redes digitales.
“Junto a la solicitud de registro, las organizaciones políticas deberán acreditar a un delegado titular y a otro alterno, que será responsable de realizar todas las actuaciones requeridas a nombre de la alianza. Asimismo, en cualquier momento podrán acreditar a delegados departamentales”, señala un boletín de prensa de Fuente Directa.
“Las organizaciones que no van a ir en alianza deberán esperar al nuevo plazo, que es el 3 de febrero, cuando todas las organizaciones políticas que vayan de forma individual o en alianza, presenten sus candidaturas a la presidencia y a la Asamblea Legislativa Plurinacional”, agregó Romero.
Ingresa aquí para acceder al Reglamento para el Registro de Alianzas: http://fuentedirecta.oep.org.bo/archivos/2020/01/Reglamento_alianzas_EG_...



