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Medio: Correo del Sur
Fecha de la publicación: miércoles 15 de enero de 2020
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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Según detalló el magistrado relator, Carlos Alberto Calderón, se estableció que en procura de la vigencia del Estado de Derecho es "inmanente" el funcionamiento de los distintos órganos, por lo que se consideró que “corresponde la prórroga de periodo de mandato de las autoridades de los órganos del poder público de los niveles central y subnacional Ejecutivo y Legislativo hasta la posesión de las nuevas autoridades electas de las en las elecciones generales (…) y las elecciones subnacionales”.
La decisión se dejó esperar y todos los magistrados salieron cerca de las 14:30 para hacer conocer el fallo, cuyo contenido ya se había filtrado antes del mediodía.
El TCP asegura que no modificó la Constitución y su decisión está enmarcada en la carta Magna y fue aprobada por unanimidad en sentido de que considera que se debe dar continuidad al mandato de las autoridades electas luego del 22 de enero, para evitar un posible quiebre del Estado de derecho y la institucionalidad del país.