Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: miércoles 15 de enero de 2020
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
El sector que ejerce actualmente funciones de gobierno, y tiene como única obligación hacer viable esa convocatoria, no recurrió a la decisión de amnistía que es un medio de conciliación política instituido tradicionalmente en los regímenes democráticos para los fines de cambio de gobierno.
En vez de ello, intenta iniciar contra el exgobernante un proceso penal por el delito de sedición que es un delito político y por el de terrorismo que es un delito común que amerita amnistía por ser conexo al político.
Esa decisión debe ser adoptada por el actual Gobierno, dejando claramente establecido que las acciones penales iniciadas contra el exgobernante y sus aliados por delitos comunes no pueden jamás ser incluidos en una decisión de amnistía porque no son delitos políticos.
Por esa razón, si realmente están en sede judicial o en etapa preparatoria acciones judiciales contra determinados exfuncionarios públicos con denuncia, investigación o proceso por comisión de delitos comunes, el Poder Ejecutivo debe dejar que el Poder Judicial actúe sin interferencias.
La presidenta del Estado, que es la principal obligada a crear el ambiente favorable para un acto electoral realmente democrático debe emitir a la brevedad posible una decisión de amnistía para delitos políticos y comunes conexos, cometidos desde el mes de octubre del año pasado hasta la fecha.
En mérito a esa amnistía, se debe permitir la salida al exilio de todos los asilados en embajadas de gobiernos extranjeros. Será deber del Ministerio Público, del Procurador del Estado, del Defensor del Pueblo y de los jueces y magistrados del Poder Judicial, el continuar las acciones iniciadas contra quienes pesan acusaciones por hechos delictivos, eligiendo a ese propósito la vía de la extradición.
El no haber procedido de esa manera oportunamente, dio margen a que partidarios del régimen anterior que cuentan con dos tercios de votos en el Poder Legislativo están a punto de promulgar una ley que no tiene el carácter de amnistía sino de indulto. Esa ley propuesta, si se la promulga, puede impedir la tramitación de extradiciones en el futuro.