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Medio: Correo del Sur
Fecha de la publicación: lunes 13 de enero de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Para la fijación de los montos de las multas, el TSE consideró los criterios del bien jurídico, derechos afectados, recurrencia de las faltas, vigencia o aplicación, responsabilidad del sujeto que comete la falta, y proporcionalidad de la multa con la falta cometida.
Las multas y sanciones deberán ser aplicadas por los jueces electorales competentes, como parte de las atribuciones que les confiere la Ley N° 018 del Órgano Electoral. Estas autoridades podrán convertir las multas establecidas en arrestos de hasta ocho horas o trabajo social, en caso de que el o los afectados incumplan la sanción pecuniaria.



