Medio: El Diario
Fecha de la publicación: lunes 13 de enero de 2020
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
El mandato de Áñez se activó el 12 de noviembre de 2019, luego del abandono de funciones del exmandatario Evo Morales, su vicepresidente Alvaro García y los titulares del Senado, Adriana Salvatierra, y de Diputado, Víctor Borda, lo que dejó al país en un irresponsable vacío de poder durante más de 48 horas.
La sucesión constitucional se activó entonces, al amparo de la CPE en sus artículos 169 y 170, además de la Declaración Constitucional 003/01 de 2001, delegándole el mando de la nación a la entonces Segunda Vicepresidenta del Senado, Jeanine Áñez, con el objetivo de convocar a nuevas elecciones y transmitir la Presidencia del Estado a la candidatura ganadora en elección democrática.
En ese contexto, la diputada y abogada confirma que la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, en ningún caso puede asumir la Presidencia del Estado, pues esa atribución no está redactada en la nueva CPE, tal como tratan de argumentar los sectores radicales del MAS. (VisorBolivia)