- El Deber - Campesinos convocan a congreso y empieza la pugna por la dirección nacional del MAS-arcista
- La Patria - TSE rechaza supervisión a congreso «arcista» y recurso de revisión de los «evistas»
- El Deber - Elecciones judiciales: Asamblea Legislativa espera las notificaciones de amparos para tomar decisiones
- Los Tiempos - TSE descarta otra vez acompañar el congreso 'arcista' y declara improcedente un recurso del ala 'evista'
- BRÚJULA DIGITAL - Arcista Jerges Mercado lamenta anulación de las judiciales, pero le da la razón en dos temas
- BRÚJULA DIGITAL - Vocal Tahuichi advierte que el TSE estaría “impedido” de realizar las judiciales si se mantienen las primarias
- BRÚJULA DIGITAL - TSE reitera rechazo al congreso del MAS arcista, facción que no descarta formar otro frente político
- ERBOL - Andrónico dice que fue ‘muy evidente’ que el Ejecutivo y el Órgano Judicial hayan anulado las judiciales
- ABI - TSE: Las organizaciones políticas pueden realizar su congreso en el lugar que quieran sin autorización
- El Deber - TSE repite la dosis y se niega a supervisar los congresos de arcistas y evistas
- El Deber - El TSE rechaza solicitud de supervisión al congreso del MAS del ala arcista
- VISION 360 - El TSE rechaza supervisar el congreso del ala "arcista" del MAS en El Alto
- VISION 360 - TSE rechaza dar audiencia al ala “evista” del MAS y declara improcedente su recurso de revisión
Medio: Opinión
Fecha de la publicación: sábado 11 de enero de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
La denuncia es contra Macario L., Oswaldo V., Zenón B., Mirtha C., Neldy A. y Ruddy F., sindicados por el delito de resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado y a las Leyes.
"La denuncia que estamos presentando es a fin de que se persiga y se active la justicia", manifestó el abogado constitucionalista, Williams Bascopé.
Los exmagistrados emitieron la Sentencia Constitucional 0084/2017 el pasado 28 de noviembre de 2017, permitiendo una cuarta repostulación consecutiva a Morales y García Linera, pese a que la Constitución Política del Estado (CPE) lo prohíbe y además la medida desconocía el resultado del referéndum del 21 de febrero de 2016. En ese entonces, el TCP explicó que la Sentencia Constitucional se basa en la aplicación preferente del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) sobre la CPE, que limitaba la reelección continua de las autoridades.
Plataformas ciudadanas de Santa Cruz y activistas de Sucre también presentaron un memorial para el inicio de acciones penales de oficio contra los magistrados.