Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: viernes 20 de abril de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
Exvocal Ovando: “Nosotros cumplimos la Constitución”
La otrora autoridad electoral justificó la
circular 71/2014 del ente electoral que inhabilitó en 2014 las
candidaturas de Rebeca Delgado y Eduardo Maldonado.
Beatriz Layme / La Paz
“Nosotros como siempre hemos cumplido la Constitución Política y las
normas legales, y que den otra interpretación ya no es responsabilidad
de nosotros”. De esa forma justificó Wilfredo Ovando, exvocal del
Tribunal Supremo Electoral (TSE), la circular que inhabilitó en 2014
las candidaturas de Rebeca Delgado y Eduardo Maldonado.
En diciembre de 2014, el TSE emitió la Circular 71/2014 que establecía
que los senadores y diputados del periodo legislativo 2010-2015 no
podrían postularse a cargos municipales y regionales, incluidos para
los cargos de alcalde/sa. Por ello Delgado y Maldonado, disidentes del
MAS, no pudieron ser candidatos a alcaldesa y alcalde.
Sin embargo, cuatro años después -el 28 marzo pasado- el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) concluyó que se violaron los derechos políticos de los exlegisladores al inhabilitarlos como postulantes.
No obstante, Ovando insistió en que cumplieron la Constitución, que en
sus artículos 285 y 287 establece que el requisito para ser candidato a
un cargo electivo de los órganos ejecutivos de los gobiernos autónomos
es “haber residido de forma permanente al menos dos años inmediatamente
anteriores a la elección en el departamento, región o municipio
correspondiente”.
Todo esto -dijo Ovando a Página Siete- fue respaldado en la
Convención Americana de Derechos Humanos, más conocida como Pacto de
San José, que en su artículo 23, numeral 2, señala que “la ley puede
reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades, exclusivamente
por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción”.
“¿Dónde tienen residencia anterior (los legisladores)? La Paz que es la
sede legislativa... y cuando un legislador postula se supone que su
residencia es La Paz, entonces a eso obedece. De acuerdo con la
Convención y la Constitución, (ellos) no podían ser candidatos”, sostuvo
Ovando, quien aseguró que para no restringir derechos incluso los
vocales de entonces “se abrieron” a la posibilidad de que legisladores
se habiliten a cargos departamentales.
Con ese argumento quedó habilitado como candidato a gobernador por
Potosí Juan Carlos Cejas, exdiputado del MAS. También quedó habilitado
Víctor Hugo Vásquez, como candidato a gobernador por Oruro, pese a que
trabajó por más de cinco años en el viceministerio de Desarrollo Rural,
que tiene sede en la ciudad de La Paz.
Por su lado, el exvocal Irineo Zuna manifestó a Página Siete que el TSE aprobó varios reglamentos.
“En ese sentido, en el caso del exsenador Eduardo Maldonado y la exdiputada Rebeca Delgado, para llegar a una resolución se tuvo reglamentos, una circular y la decisión fue de sala plena”, en la que algunos vocales expresaron su disidencia, “considerando que se estaban vulnerando derechos”, afirmó.
Zuna no quiso adelantar quiénes fueron los vocales que no votaron por la
resolución que inhabilitó a los exlegisladores. “En este momento no
tengo los documentos. Estoy de viaje para ver de una vez la
documentación y analizarla”.
Delgado indicó que los exvocales que la inhabilitaron deberán responder
penal y civilmente por negarle sus derechos políticos. “Ahora tendrán
que asumir sus responsabilidades civiles porque hay daños económicos y,
esencialmente, penales porque la vulneración de derechos es un delito”,
aseguró Delgado.
En criterio de Ovando, “el hecho de que otros organismos
internacionales (como la ONU) interpreten a la manera que quieran, eso
ya es tema de ellos, yo no voy a hacer ningún comentario más.
Cualquier decisión se cumplirá en la forma que establece”.
Una exvocal del TSE, quien pidió guardar su identidad para no dar un
criterio anticipado, dijo que también son responsables los exmagistrados
del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), porque -consideró-
que ellos en su momento debieron advertirles de que se estaba
vulnerando un derecho político. “Ellos tenían la obligación de
advertirnos”, sostuvo.
Tras ser inhabilitados, Delgado y Maldonado presentaron individualmente
un amparo ante el TCP, pero esta entidad los rechazó. En el caso de
Delgado, el TCP dijo que el recurso debió haber sido interpuesto por el
partido por el que se postuló. En el caso de Maldonado, el TCP lo
rechazó porque él no presentó el recurso, sino su agrupación política,
se lee en el dictamen de la ONU.
Punto de vista
JORGE LAZARTE Exvocal de la Corte Electoral
Está claro que hay responsabilidades distribuidas en varios niveles. Eventualmente, el más débil es el Tribunal Supremo Electoral, porque los vocales actuaron bajo presión desde el poder político y encima tenían al Tribunal Constitucional.
Los vocales electorales de ese entonces cumplían lo que decía o se
iban, aunque al final abandonaron el ente electoral de manera vergonzosa
y escandalosa por las diferentes irregularidades.
La Constitución está mal y los exvocales podían haber advertido esta
situación. Ahora dirán que cumplieron la Constitución, pero ellos
deberían garantizar los derechos políticos.
Ellos deberían haber optado incluso por una decisión personal, si fueran
conscientes de que se deben garantizar los derechos. Los derechos están
por encima de la Constitución, pues tienen una validez internacional.
Entonces deberían recurrir al Tribunal Constitucional haciendo la
consulta y decir que esto va contra la propia Constitución.
Ahora, el Tribunal Constitucional interpretó la Constitución de una
forma, y respaldó la inhabilitación, entonces vulneraron derechos al no
garantizarlos. Pero los exvocales deberían renunciar y denunciar esta
situación.