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Medio: El País
Fecha de la publicación: viernes 03 de enero de 2020
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Normas asambleas departamentales
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Ley Electoral
Hubo dos temas importantes que estancaron la aprobación y promulgación de la Ley Electoral Departamental; la elección de subgobernadores y la distribución de escaños en base a los datos de población y territorio del Censo de Población y Vivienda 2012.
La Directiva de la ALDT desestimó las observaciones realizadas por la Gobernación respecto a la elección de subgobernadores. El gobernador, Adrián Oliva, señaló que no se puede ir en contra de las normas nacionales que prohíben que los subgobernadores sean electos por votación. Por su parte, el asambleísta de Camino al Cambio, Mauricio Lea Plaza, reiteró en varias oportunidades que este era un tema concluido porque el Tribunal Supremo Electoral (TSE) no dio curso a la elección de subgobernadores.
El 30 de julio del 2019 se realizó una consulta ante el TSE sobre esta problemática y la respuesta fue que no había la posibilidad de elegir a los subgobernadores. Pese a eso, la Asamblea Departamental de Tarija estableció en la Ley Electoral, en su artículo 35, la elección de esas autoridades por voto popular.
El presidente de la ALDT, Guillermo Vega, indicó que al retornar del receso legislativo se tratará la ley y la postura de la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS) permanecerá a favor de la elección de subgobernadores. Asimismo, recalcó que se mantendrá la actual distribución de los escaños porque algunos municipios no se encuentran dispuestos a perder su representatividad en el ente Legislativo.
“Lo que pasa es que los municipios que más necesitan recursos, a la vez, son los que tuvieron que atravesar una etapa de migración por parte de sus pobladores y perdieron gran número de comunarios. No se les puede quitar su representatividad en la Asamblea”, expresó.
Según el Estatuto Autonómico, la representatividad de cada municipio, en los escaños del pleno, se establecerá de acuerdo a territorio y población. Ante esto, Mauricio Lea Plaza planteó que también se debe tomar en cuenta datos de pobreza para beneficiar a los municipios que lo necesitan.
En el caso de los asambleístas por población, se debe tomar en cuenta los últimos datos del Censo realizado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), pero este detalle de la normativa se pasó por alto cuando se tomó la decisión de aprobar la Ley Electoral, porque la bancada del MAS no estuvo de acuerdo con la pérdida de curules de algunos municipios y, por ende, que el municipio más poblado, que es Cercado, no tenga la cantidad respaldada de asambleístas.
Según el Censo del año 2001, el departamento de Tarija contaba con 391.226 habitantes, de los que 153.457 pertenecían a la provincia de Cercado, 25.570 habitantes por la provincia Aniceto Arce, 116.318 por el Gran Chaco, 17.504 en Avilés, 32.038 en la provincia Méndez y finalmente 19.339 en O’Connor.
La distribución actual de escaños por población, según el Estatuto Autonómico Departamental, otorga cinco asambleístas a la provincia Cercado, uno a Méndez, uno a Avilés, tres a Arce, uno a O’Connor y cuatro al Gran Chaco, en total 15 asambleístas titulares en el ente Legislativo.
Otras leyes
La asambleísta, María Lourdes Vaca, indicó que otra de las tareas pendientes de la ALDT es la aprobación del proyecto de ley para priorizar recursos en beneficio de los comunarios de la Reserva Nacional de Flora y Fauna de Tariquía, que debe ser revisada a detalle. También está el reglamento de relacionamiento que se deberá tener con la autonomía regional del Gran Chaco.
“Esto está vinculado a la relación que vamos a tener con la Región Autónoma del Chaco. Este es un tema fundamental porque en las próximas elecciones vamos a tener autoridades electas en el Chaco y cómo vamos a establecer los parámetros de gestión pública coordinada sin que eso signifique perder el concepto de departamento. Para mí, esos son temas urgentes y fundamentales que deberían aplicarse en el primer trimestre de la Asamblea. Ojalá que con eso toquemos otros temas sociales”, indicó. Otra normativa que quedó estancada fue la Ley de Fondo Productivo para las mujeres.
Aprobadas pero incumplidas
Hay algunas leyes que fueron aprobadas y promulgas pero que a pesar de su importancia e inmediatez no fueron cumplidas de acuerdo a lo que establecían sus propios parámetros. La más importante es la Ley de Declaratoria de Alerta por Violencia Contra las Mujeres en razón de Género. Hasta la tercera semana de diciembre se reportaron siete feminicidios en diferentes lugares del departamento durante la gestión 2019.
El incumplimiento de esta normativa fue cuestionado por los colectivos en defensa de los derechos de las mujeres, porque si bien se creó una Dirección de Género en la Gobernación no se congeniaron ni coordinaron trabajos de socialización, prevención y atención a las víctimas con los programas que ya se realizaron de manera independiente a las instituciones.
“La mayoría de las leyes que se sacaron fueron de modificaciones presupuestarias, lamentablemente, porque es un tema administrativo, de gestión, en beneficio a la población”, expresó Vaca.
La Ley de Protección al Patrimonio Tangible e Intangible en el departamento de Tarija tampoco se reglamentó a pesar de que su mandato determinaba 90 días. Dos años después, continúa sin reglamentación y, por ende, no se realizaron trabajos o acciones de protección del patrimonio.
No existe un marco jurídico reglamentado en base a la normativa para preservar el patrimonio del departamento. Un claro ejemplo es la falta de presupuesto y personal destinado a la protección del arte rupestre pre colonial de El Valle de la Concepción o las intervenciones arquitectónicas en el centro de la ciudad (casco viejo) sin respetar ninguna reglamentación urbanística y la habilitación caminos provinciales que destruyen el patrimonio arqueológico. Esto va de la mano con la falta de ejecución de la Ley de Turismo para ordenar este rubro a nivel departamental.
LOS DRAMAS Y LÍOS DE LA LEY ELECTORAL
Subgobernadores
El 30 de julio del 2019 se realizó una consulta ante el Tribunal Supremo Electoral y esa instancia descartó la elección de los subgobernadores. Pese a eso, la Asamblea Departamental de Tarija estableció en la Ley Electoral, en su artículo 35, la elección de esas autoridades por voto popular.
Escaños
Según el Estatuto Autonómico, la representatividad de cada municipio, en los escaños del pleno, se establecerá de acuerdo a territorio y población. Ante esto, Mauricio Lea Plaza planteó que también se debe tomar en cuenta datos de pobreza para beneficiar a los municipios que lo necesitan.
Paridad
La paridad de género en los cargos ejecutivos fue un conflicto al interior de la Asamblea. Por un lado, se exigía que ante la presencia de un Gobernador y Vicegobernador uno de ellos sea mujer, pero un grupo más conservador no estaba de acuerdo y argumentó que a nivel nacional esto no sucede.