Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: viernes 03 de enero de 2020
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Democracia representativa
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A partir de esta premisa se hace más fácil examinar la democracia como un “procedimiento para tomar decisiones políticas”. Al hacerlo, podemos prescindir, en principio, del contenido de tales decisiones y concentrarnos en el examen de cómo se adoptan las mismas o –según subraya el autor inglés– “cómo se hacen las leyes” y quién las hace. Se supone que la forma de hacer leyes en una democracia es diferente de la forma empleada en una dictadura o en sistema aristocrático, así como también son distintos los encargados de cumplir este cometido. De igual modo, se supone que la ley en una democracia –al menos en una democracia ideal– es o debe ser la expresión de la voluntad colectiva de los ciudadanos o del pueblo.
A poco de acercarnos a las manifestaciones, los gestos y las prácticas que, se dice, son propios de una democracia en funcionamiento, constatamos que se convoca a elecciones cada cierto tiempo. En estas un “subconjunto de la población” (integrado por los que tienen derecho al sufragio) vota para elegir a otros subconjuntos más reducidos que estarán encargados de la toma de decisiones en los próximos años. Es usual que los ganadores atraigan a solo un segmento de los que votan o a una “proporción más pequeña del conjunto del electorado”.
Como resultado, un “subconjunto microscópicamente menor de la población estará al frente de la toma de decisiones”. Además, al decir de Adam Swift, todo esto ocurre en un contexto en que muchos medios de comunicación son de propiedad de una “élite rica” y los partidos tienen libertad para invertir sumas importantes en publicidad. ¿De verdad –se pregunta el autor inglés– esta forma de gobierno es el poder del pueblo?
El votar periódicamente para elegir representantes es un aspecto de la democracia como procedimiento para tomar decisiones políticas. Al considerar otras de sus dimensiones, saltan a la vista importantes cuestiones derivadas de contrastar lo mejor y lo peor de la democracia directa y de la democracia representativa, de examinar la obligación, mayor o menor, de rendir cuentas por parte de los elegidos para hacer la ley, de analizar la mayor o menor igualdad de oportunidades para influir en política y de precisar el mayor o menor alcance de las materias sujetas a procedimientos democráticos de decisión. Del esclarecimiento de todas estas cuestiones, dependerá el juicio que hagamos de un sistema como más o menos democrático.
Por último, para valorar la democracia como procedimiento para adoptar decisiones políticas también nos preguntamos, frente a un sistema real en concreto, si las decisiones adoptadas son o no las mejores o más apropiadas y si, al propio tiempo, reflejan en efecto la voluntad popular. En otros términos, ¿son las decisiones tanto eficaces como legítimas? Como en algunos casos estos valores pueden excluirse entre sí, dependerá del buen criterio del observador el considerar que el sistema en cuestión es más o democrático porque las decisiones que procesa son legítimas o porque son eficaces.



