Medio: RADIO FIDES
Fecha de la publicación: martes 31 de diciembre de 2019
Categoría: Organizaciones Políticas
Subcategoría: Constitución / Personería jurídica
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La sala plena desestimo los pedidos de cancelación de la personería jurídica del MAS porque no se adecuaron a las causales previstas en la Ley 1096 de Organizaciones Políticas.
“Por unanimidad, la Sala Plena del TSE desestimó estas demandas, pues ninguna de ellas se adecúa a las causales de pérdida de la personalidad jurídica de las organizaciones políticas, previstas por la ley 1096”, indica el comunicado del organismo electoral.
La decisión fue asumida tras un “análisis detallado y fundamentado de la legislación boliviana”, además se consideraron elementos doctrinales internacionales”.
El TSE se compromete a evaluar cualquier asunto jurisdiccional que se someta a su consideración bajo los principios de imparcialidad y apego al derecho”.
“Por lo tanto, el MAS-IPSP mantiene todas las prerrogativas y los deberes de las organizaciones políticas bolivianas y se encuentra legalmente habilitado para participar de los procesos electorales 2020”, apunta la última parte del comunicado.
Radio Fides/La Paz



