Medio: Urgente BO
Fecha de la publicación: martes 31 de diciembre de 2019
Categoría: Organizaciones Políticas
Subcategoría: Constitución / Personería jurídica
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
“Por unanimidad, la Sala Plena desestimó las demandas pues ninguna de ellas se adecua a causales de perdida de personalidad jurídica de las organizaciones políticas previstas por la Ley 1096 de Organizaciones Políticas”, dice el comunicado.
Christian Tejada, activista de Generación 21, aseguró que la denuncia está fundamentada en el artículo 58, del inciso J, de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), que establece que procede la cancelación de la personalidad jurídica para el partido o la agrupación ciudadana que haya participado “en golpes de Estado, sediciones y acciones de separatismo”.
“Por lo tanto, el MAS-IPSP mantiene todas las prerrogativas y los deberes de organizaciones políticas bolivianas y se encuentra legalmente habilitado para participar de los procesos electorales 2020”, subraya la nota.
///



