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Medio: ERBOL
Fecha de la publicación: lunes 23 de diciembre de 2019
Categoría: Conflictos sociales
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La resolución N° 1058 del 31 de octubre de 2019, impide que la COB, las centrales obreras departamentales, regionales, confederaciones, federaciones nacionales y sindicatos, puedan ser obligadas a una renovación de sus directivas, por una presión de las bases que cuestionan a sus dirigentes nacionales que respaldaron al gobierno de Morales.
La mayor beneficiada fue la actual directiva de la COB a la cabeza de Juan Carlos Huarachi, cuyo mandato fenece el 26 de febrero de 2020 y de otras, como la Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Bolivia, que ha recibido el desconocimiento de seis departamentos pero que al amparo de esta resolución, no escucha el pedido de sus federaciones y continúa en funciones.
La solicitud de ampliación del silencio sindical ingresó al Ministerio de Trabajo el 25 de octubre, la dirección general de asuntos sindicales del mismo ministerio evacuó informe positivo el 29 del mismo mes y dos días después, el entonces ministro de Trabajo Milton Gómez, firmó la resolución que prorroga mandato de todos los dirigentes sindicales.
Extrañamente, el ampliado de la COB del 7 de febrero ya sabía que las elecciones subnacionales se postergarían y por ello en resolución de esa fecha, dispuso que todos los comités ejecutivos se prorroguen hasta los primeros meses de 2020.
La ley aprobada el pasado viernes por la Cámara de Diputados ordena al Tribunal Supremo Electoral llamar a elecciones subnacionales a las 48 horas siguientes de la posesión del nuevo presidente del Estado que se prevé pueda ocurrir en junio o agosto del próximo año.
El beneficio del “silencio sindical” no alcanza a federaciones departamentales, sindicatos y asociaciones de distintos rubros afiliadas a la Central Obrera Boliviana.
Otra parte de la resolución ministerial, amplía también la declaración de la comisión sindical con el goce del cien por ciento de sus haberes y demás derechos laborales para los comités ejecutivos de la confederaciones, federaciones nacionales, centrales obreras departamentales, centrales obreras regionales.
En contrapartida ratifica que al finalizar su mandato, los ejecutivos sindicales de alcance nacional o regional, deben rendir cuentas y enviar informes a la oficina de auditoría y control sindical del Ministerio de Trabajo.




