Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: miércoles 18 de abril de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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ONU da razón a disidentes del MAS vetados para candidatear
El Comité de DDHH indica que el Estado boliviano
vulneró los derechos políticos al frenar sus candidaturas a las
alcaldías de Potosí y Cochabamba.
Página Siete / La Paz
El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aceptó las demandas
presentadas por los exdiputados del MAS Rebeca Delgado y Eduardo
Maldonado contra el Estado boliviano por violación de derechos
políticos.
Ambos parlamentarios pertenecieron a las filas del partido del
presidente Evo Morales, pero por varias circunstancias fueron marcando
distancia y en 2014 decidieron postular a cargos ejecutivos de los
gobiernos locales de Potosí y Cochabamba, pero fueron impedidos de
postular por medidas dictadas por el entonces Tribunal Supremo
Electoral, entonces afín al MAS.
Los dictámenes fueron emitidos el 28 de marzo de 2018 y concretamente
señala que el Estado boliviano violó los derechos políticos y cívicos
de ambos ciudadanos por lo que el Estado podría ser obligado a pagar una
compensación económica.
Se trata de otro gancho jurídico contra el presidente Evo Morales,
quien representa en este caso al Estado. Primero fue la admisión de la
demanda de la CIDH por el caso terrorismo y el pronunciamiento de la
Comisión de Venecia en contra de la reelección perpetua.
El dictamen, aprobado por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones
Unidas hace un repaso a los antecedentes del caso. El Tribunal Supremo
Electoral en 2014 le impidió ser candidata a alcaldesa de Cochabamba con
la famosa circular 071/2014 que prohibió a los asambleístas nacionales
del periodo 2010-2015 postular a cargos subnacionales, a excepción de
los cargos de gobernador y asambleísta departamental.
Delgado y Maldonado fueron diputados del MAS en ese periodo legislativo
por lo que fueron inhabilitados con una circular que es una comunicación
administrativa frente a una ley y la Constitución Política del Estado
que no prevén ninguna prohibición para la postulación a cargos electivos
después de ejercer el cargo de diputado.
Por si fuera poco el candado de la circular 071, en diciembre de 2014 el
TSE emitió ante presión política del Gobierno un “reglamento”
inconstitucional para la convocatoria a las elecciones regionales de
2015, que estableció que los candidatos a alcaldes tenían que haber
residido los dos años previos en el lugar donde deseaban postular.
Maldonado y Delgado postulaban a las alcaldías de Cochabamba y Potosí, y
fueron inhabilitados al igual que otros diputados o senadores
disidentes del MAS, entre ellos Edwin Tupa, que vivieron en La Paz
durante el periodo legislativo.
Los siete vocales que firmaron la polémica resolución fueron Dina
Chuquimia, Fanny Rivas, Marco Ayala, Irineo Zuna, Wilfredo Ovando, Wilma
Velasco y Ramiro Paredes, quienes terminaron renunciando a sus cargos
por una gestión bochornosa y por sus vínculos con el MAS.
“En consecuencia, la inhabilitación de la autora como candidata a
alcaldesa en las elecciones de 2015 constituyó una restricción indebida a
sus derechos contenidos en el artículo 25 del Pacto, en violación de
dicha provisión”, indica la resolución en el caso de Rebeca Delgado.
El precepto en cuestión indica que todos los ciudadanos pueden
participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por
medio de representantes libremente elegidos, votar y ser elegidos en
elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e
igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad
de los electores y tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a
las funciones públicas de su país.
Para Maldonado se aplica el mismo razonamiento. El Estado violó los derechos políticos de ambos ciudadanos bolivianos.