Medio: Opinión
Fecha de la publicación: domingo 20 de octubre de 2019
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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Estas autoridades gobernarán durante cinco años entre 2020 y 2025.
Salvo el Presidente y el Vicepresidente, las autoridades electas son titulares y cada una tiene su suplente.
En el país están habilitados para emitir su voto un total de 6.974.363 ciudadanos. En el exterior, en 33 países, hay 341.001 residentes bolivianos que también pueden votar.
Según la Ley 026 de Régimen Electoral, el ejercicio del sufragio es un derecho y se expresa en el voto y su escrutinio público y definitivo. En Bolivia, el voto emitido por cada ciudadano tiene el mismo valor; es universal, porque los ciudadanos, sin distinción alguna, gozan de este derecho; es directo, porque los ciudadanos intervienen personalmente en los procesos electorales, votan por las candidatas y candidatos de su preferencia; es secreto, porque la ley garantiza la reserva del voto; y libre, porque expresa la voluntad del elector.
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE
De acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Régimen Electoral se proclamarán Presidente y Vicepresidente a quienes obtengan más del 50% de los votos válidos emitidos o un mínimo del 40% de los votos válidos emitidos, “con una diferencia de al menos 10% en relación a la segunda candidatura más votada”.
El artículo 53 hace referencia a la segunda vuelta. En caso de que ninguna de las candidaturas haya obtenido los porcentajes señalados, “se realizará una segunda vuelta electoral entre las dos candidaturas más votadas y se proclamará ganadora a la candidatura que obtenga la mayoría de los votos válidos emitidos”.
La segunda vuelta electoral se debe realizar con el mismo padrón electoral y la convocatoria de nuevos jurados electorales, en el plazo de 60 días después de la primera votación.
El voto de todos los electores incidirá en la elección del Presidente y el Vicepresidente.
La Asamblea Legislativa Plurinacional está conformada por los senadores y diputados plurinominales y uninominales, y son representantes de los diferentes departamentos. Siete diputados especiales de pueblos indígena originario campesinos también son parte. La Asamblea contará con asambleístas suplentes que no percibirán remuneración salvo en los casos en que efectivamente realicen suplencia. Los asambleístas no podrán desempeñar ninguna otra función pública, bajo pena de perder su mandato, excepto la docencia universitaria.
La franja superior de la papeleta expone a los candidatos de las nueve organizaciones políticas de esta carrera electoral.
En el exterior del país, los bolivianos votan solo para elegir Presidente y Vicepresidente, y no influyen en senadores y diputados.
Su mandato es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua.
Su mandato es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua. Lo mismo ocurre para los parlamentarios.
LOS SENADORES
La Cámara Alta o Senado está compuesta por un total de 36 miembros. Cada departamento de Bolivia tiene cuatro senadurías.
La asignación de estos escaños, según ley, dependen de los votos acumulativos obtenidos en cada departamento para Presidente y Vicepresidente.
De acuerdo con la norma, los votos acumulativos obtenidos en cada departamento por las organizaciones políticas se dividirán sucesivamente entre los divisores naturales 1, 2, 3 y 4, en forma correlativa, continua y obligada. Los cocientes obtenidos se ordenan de mayor a menor para establecer el número de senadores que correspondan a cada organización política en cada departamento.
SUPRAESTATALES
Hay nueve representantes del Estado Plurinacional de Bolivia para cargos electivos ante organismos supranacionales. Se elige uno por cada departamento.
El artículo 62 de la ley 026 establece que son elegidos por simple mayoría de votos válidos emitidos.
LOS DIPUTADOS
En Bolivia, la Cámara Baja o de Diputados está compuesta por 130 personas, entre los plurinominales, uninominales y los indígenas
Plurinominales: En todo el país, hay 60 diputados plurinominales. Son representantes de los nueve departamentos y están distribuidos de acuerdo a la población. al igual que los senadores, son elegidos de acuerdo a la votación que los candidatos a la Presidencia y a la Vicepresidencia obtienen en cada departamento.
En cada departamento se asignan estos escaños plurinominales, entre las organizaciones políticas que alcancen al menos el tres por ciento (3%) de los votos válidos emitidos a nivel nacional, a través del sistema proporcional
Uninominales: Los diputados uninominales suman 63 en Bolivia. Cada uno representa a una circunscripción, que está determinada por población en cada departamento.
Los candidatos a diputados uninominales aparecen en la franja inferior de la papeleta de sufragio. Son electos por simple mayoría de votos en cada circunscripción.
Indígenas: En todo el país hay siete diputados indígena originario campesinos (IOC) o especiales. Estos escaños corresponden a las naciones o pueblos IOC minoritarios. También son elegidos por simple mayoría de sufragios.
En Cochabamba, los yuquis y yuracarés elegirán a un diputado especial.
En La Paz tendrán un representante indígena entre los pueblos afroboliviano, mosetén, leco, kallawaya, tacana y araona.
En Santa Cruz elegirán a su diputado los pueblos chiquitano, guaraní, guarayo, ayoreo y yuracaré.
Los indígenas de los pueblos chipaya y murato en Oruro elegirán a un diputado.
En Tarija votarán los pueblos guaraní, weenhayek y tapiete para su escaño especial.
En Beni lo harán los pueblos tacana, pacahuara, itonama, joaquiniano, maropa, guarasugwe, mojeño, sirionó, baure, tsimane, movima, cayubaba, moré, cavineño, chácobo, canichana, mosetén y yuracaré.
Y en Pando elegirán los indígenas de los pueblos yaminagua, pacahuara, esse ejja, machineri y tacana.
Apuntes
Mayores de 18 años
Los bolivianos y bolivianas mayores de 18 años, registrados en el padrón electoral, que se encuentren dentro del territorio nacional o residan en el exterior, pueden acudir a las urnas para emitir su voto.
Único documento para votar
El presidente del Tribunal Electoral Departamental (TED), Martín Montaño, informa que el único documento válido para sufragar es la cédula de identidad, que puede incluso tener caducidad de máximo un año.
“Seguro que muchos irán con su libreta de servicio militar, RUN (Registro Único Nacional) o pasaporte, pero no será válido”.
Horas
La jornada de votación se desarrolla desde las 08.00 hasta las 16.00 de manera continua. Sin embargo, si la mesa electoral abrió después del horario establecido, deberá incrementar el tiempo para cerrar.
Derecho obligatorio
El artículo 43 de la Ley 026 de Régimen electoral establece que el derecho a emitir el voto es obligatorio, “porque constituye un deber de la ciudadanía” en Bolivia.
El escrutinio no se repite ni se revisa
De acuerdo con la ley vigente, el escrutinio en los procesos electorales es público, porque se realiza en un recinto con acceso irrestricto al público, en presencia de las delegadas y los delegados de organizaciones políticas, misiones nacionales e internacionales de acompañamiento electoral, instancias del control social y ciudadanía en general. También es definitivo, porque “una vez realizado conforme a ley, no se repite ni se revisa”.
Delegados
El uso de distintivo que identifiquen a los partidos políticos está prohibido, salvo para los delegados, quienes pueden utilizar un brazalete que los identifique con su organización.
Los resultados
Para conocer los resultados de las elecciones, está previsto, por el Tribunal Electoral Departamental (TED), un tiempo de 48 horas después de la jornada de comicios. Conforme a norma, están establecidos siete días para proclamar los resultados incluidos los votos en el exterior de Bolivia, según Montaño.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) realizará el cómputo nacional de votos en Sala Plena y sesión pública, en la que podrán participar las misiones nacionales e internacionales de acompañamiento electoral, las instancias pertinentes del Control Social y, según corresponda, las delegadas y los delegados debidamente acreditados de las organizaciones políticas, organizaciones de la sociedad civil y de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.
El TSE emitirá dos informes diarios con el avance de los cómputos departamentales y su agregación parcial a nivel nacional. Además, difundirá de manera permanente, en su portal electrónico en internet, el avance de resultados.



