Medio: ERBOL
Fecha de la publicación: miércoles 11 de diciembre de 2019
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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La Comisión Mixta de Constitución inhabilitó a Villegas bajo el argumento de que no cumplió el requisito 3, que se refiere a no tener pliego de cargo ejecutoriado y pendiente de cumplimiento, es decir, que el ingeniero tendría alguna cuenta pendiente con el Estado en el marco coactivo.
Sin embargo, mediante su cuenta de Twitter, Villegas aclaró que ha presentado su certificado de solvencia fiscal, emitido por la Contraloría, en el cual se sostiene que no tiene requerimientos de pago ni acciones judiciales en su contra.
“Voy a impugnar solo para demostrar que estoy limpio. Supongo que hubo un error (¿?)”, escribió Villegas.
El periodo de impugnaciones es de tres días.
Afortunadamente saqué una copia de la documentación que presenté. En la foja 4 (foliada) está mi certificado de solvencia fiscal que indica claramente que no debo nada, que cumplo el requisito #3. Voy a impugnar solo para demostrar que estoy limpio. Supongo que hubo un error (¿?)