
Redacción central - Edición impresa
Fruto de un acuerdo entre el Gobierno nacional, el Pacto de Unidad y la Central Obrera Boliviana (COB), se determinó derogar el Decreto Supremo 4078 y disponer que las Fuerzas Armadas mantengan la custodia en empresas y sectores estratégicos del país.
Ello fue resultado de la reunión celebrada entre el sábado y la madrugada del domingo en el Palacio Quemado, indicó el ministro de la Presidencia, Jerjes Justiniano.
“Se acordó, se consensuó, como parte del pliego petitorio, la no abrogación del decreto supremo sino la derogación y modificación que permita que las Fuerzas Armadas todavía permanezcan custodiando y protegiendo todas las empresas y sectores estratégicos del país; en ese sentido, se llegó a un consenso y todos los que participaron en el diálogo estaban de acuerdo con esa modificación”, indicó el ministro.
Aprobado el 14 de noviembre por el gabinete de ministros de la presidenta Jeanine Áñez, el Decreto Supremo 4078 en su artículo 3 establece que “el personal de las FFAA, que participe en los operativos para el restablecimiento del orden interno y estabilidad pública, estará exento de responsabilidad penal, cuando en cumplimiento de sus funciones constitucionales actúen en legítima defensa o estado de necesidad, en observancia de los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad de conformidad”.
Luego de conocer el documento, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su preocupación. Definió como “grave” el decreto porque con ello “Bolivia desconoce los estándares internacionales de DDHH y por su estilo estimula la represión violenta”. Advirtió que los “alcances de este tipo de decretos contravienen la obligación de los Estados de investigar, procesar, juzgar y sancionar las violaciones de DDHH”.
Ante ello, la Cancillería del Estado aclaró el 19 de noviembre que “el objetivo del decreto supremo es preservar la integridad de las bolivianas y bolivianos, y evitar mayores actos de vandalismo que ya se efectuaron en contra de domicilios privados, establecimientos comerciales y reparticiones de la Policía nacional, incluyendo la quema de buses del transporte público y el saqueo a reparticiones estatales”.
Argumentó que es la propia ley del Estado Plurinacional de Bolivia, a través del Código Penal, la que establece la exención de responsabilidades penales cuando exista uso de legítima defensa o estado de necesidad.
“El Decreto Supremo 4078 no pretende estimular ningún tipo de represión, sino solamente replica las exenciones contenidas en la ley para situaciones en las que el personal de las FFAA actúe en observancia de los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad, todo ello en el marco de respeto de los derechos humanos”, cita un comunicado.