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Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: viernes 18 de octubre de 2019
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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En el caso de las personas con discapacidad auditiva, éstas recibirán un afiche con toda la información sobre cómo deben sufragar; mientras que las personas ciegas contarán con la cerchas o plantillas.
“La persona con discapacidad debe expresar de manera voluntaria su decisión de emitir su voto al presidente de su mesa de sufragio, de forma verbal o escrita, para que se le ayude a emitir su sufragio con un acompañante o un testigo”, sostuvo Condori.
El voto asistido está contemplado en el artículo 60 de la Ley de Régimen Electoral y se refiere a la colaboración que el notario y los jurados electorales deben brindar a las personas con discapacidad, a los mayores de 65 años y a las mujeres embarazadas para que emitan su sufragio.
El vocal Antonio Condori explicó que si la persona con discapacidad precisa del voto asistido con acompañante debe acercarse al presidente de su mesa de sufragio, con quien ingresará al recinto de votación. En el lugar, el presidente marcará la papeleta de sufragio, de acuerdo con la decisión del elector.
“El voto asistido con testigo se realiza cuando la persona con discapacidad no tiene a ningún acompañante; entonces el presidente de mesa elige a un ciudadano de la fila para que ingrese como testigo. En este caso es el presidente de mesa el que marque la papeleta, según la voluntad del elector, en presencia del testigo”, dijo Condori.
En el caso de que una persona ciega llegue a la mesa de votación, el presidente de mesa debe indagar si sabe leer braille. Si la respuesta es positiva se le entregará al elector una cercha o plantilla, con la que ingresará al recinto de vocación, sobrepondrá sobre la papeleta electoral y emitirá su voto.
El vocal Condori remarcó que en el caso de los ciudadanos que se movilizan en sillas de ruedas o usan muletas, el presidente y el secretario de mesa deben trasladar el ánfora, y la boleta de sufragio hasta donde éste se encuentre, dentro del recinto electoral.
“En esa mesa de sufragio se suspende momentáneamente la votación y se registra el hecho en la casilla de observaciones del acta electoral”, añadió la autoridad electoral.
Voto asistido busca
- Igualdad en dignidad Las personas con necesidades particulares o adultos mayores de 60 años tienen la misma dignidad y derechos que el resto de las personas.
- Inclusión Todas las personas con necesidades particulares o mayores de 60 años participan plena y efectivamente en las actividades electorales en igualdad de oportunidades.
- No discriminación Prevenir y erradicar toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia que tenga por resultado menoscabar o anular el ejercicio de los derechos fundamentales.



