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Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: domingo 12 de noviembre de 2017
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones judiciales
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Katia Uriona, presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), explica que los candidatos a altos cargos judiciales pueden usar las redes sociales, hacer volantes y participar en conversatorios, pero no pueden solicitar el voto.
Contenido
Los candidatos pueden usar las redes y hacer volantes, pero no solicitar el voto
La autoridad indica que los postulantes a altos cargos judiciales pueden difundir sus méritos y sus propuestas. Por otro lado, no pueden hacer guerra sucia ni tampoco difundir propaganda.
domingo, 12 de noviembre de 2017
Pablo Peralta M. / La Paz
Katia Uriona, presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE),
explica que los candidatos a altos cargos judiciales pueden usar las
redes sociales, hacer volantes y participar en conversatorios, pero no
pueden solicitar el voto.
En esta entrevista, Uriona también se refiere al procedimiento
para interponer denuncias sobre la inhabilitación de candidatos,
entre otros detalles.
¿Qué se entiende por campaña y qué está prohibido? Hay dos cosas que hacen a la responsabilidad del Órgano Electoral.
Una, la difusión que estamos haciendo a través de los medios, la
elaboración y producción de material para que lleguen a la población los
perfiles; y dos, nosotros tenemos instalado un sistema de monitoreo que
nos permite hacer seguimiento a las redes sociales en términos de las
cuentas oficiales que han registrado los candidatos y candidatas.
A estas cuentas nosotros les hacemos seguimiento porque no se puede
hacer campaña en términos de solicitar voto, en términos de referirse a
otras candidaturas en "guerra sucia” y tampoco se puede hacer
propaganda.
¿Qué se puede hacer?
Sólo se puede difundir cuáles son tus méritos y cuáles son tus
propuestas y para eso los y las candidatas pueden utilizar las redes,
pueden utilizar la producción de volantes informativos y pueden
participar en eventos como los conversatorios –más de 35 que estamos
organizando a nivel nacional– para dar a conocer su propuesta.
¿No hay el riesgo de que haya campaña indirecta?
Lo que pasa es que nosotros vamos a actuar en apego al reglamento y
el reglamento es muy claro. Estamos haciendo un seguimiento que supone
un desplazamiento también en todo el país en términos de nuestro
sistema de seguimiento y sobre esa base se está actuando.
¿Cuál es el procedimiento para que proceda una denuncia contra un candidato?
Es importante explicar el procedimiento respecto al reglamento.
Hay unas denuncias que se activan cuando alguna persona presenta de
manera documentada una denuncia sobre cualquier candidato. Esta
denuncia debe ser interpuesta en los tribunales departamentales, cuya
sala departamental también tiene la competencia de actuar de oficio.
Si el tribunal departamental inhabilita a un candidato –que es la
fase en la que se encuentra, por ejemplo, el caso de un postulante del
Beni– y la persona no está de acuerdo con el fallo, puede apelar en
segunda instancia al TSE.
Hace poco diputados opositores
cuestionaban que el TSE no actuó sobre las denuncias que presentaron
¿Se debe al procedimiento?
Se decía también "No se pronuncia el tribunal”. Nosotros hemos
respondido de manera formal cuál es el procedimiento adecuado para
presentar una denuncia.
¿Hay la posibilidad de que el TSE haga el esfuerzo por informar los tipos de voto nulo y blanco?
Lo que hará el TSE en la siguiente fase de información es
informar a la población los alcances para la emisión del voto y también
lo que significan los tipos de voto.
Nuestra competencia es muy clara a la hora de informar a la
población cuál es el procedimiento de la votación. Estamos produciendo
materiales que explican, indican y dan cuenta, por ejemplo, de los tipos
de votación.
Todo el material que se produce hace referencia a todo lo que es el
proceso electoral, el procedimiento de votación, explicando las
papeletas, la forma de votación; luego también se habla de los tipos de
votos, los votos válidos, los cuales comprenden a los votos blancos y
los votos nulos...
O sea es parte de lo que se informa a la población, los tipos de
votos y el material que se está produciendo en la difusión que se está
haciendo de separatas, de cartillas, de materiales de información a los
jurados y juradas, porque es importante que quienes estén a cargo de
las mesas luego, cuando realicen el escrutinio y el cómputo, puedan
designar con toda claridad el alcance de los válidos, los votos blancos y
los votos nulos para contabilizarlos.
En el caso de los jurados ¿Pero, para la ciudadanía habrá algo así como difusión de información sobre ello?
En la difusión de información se incorporan los criterios de cuáles son los alcances de la votación.
Los demócratas pidieron un espacio en los medios para que también
la oposición pueda difundir el voto nulo y blanco, que son las opciones
a las que se adscriben. ¿Cuál es la postura del TSE?
El TSE no toma postura. El Tribunal actúa en cumplimiento de la
norma establecida y la norma plantea que todo lo que es la acción en los
medios de comunicación es una competencia exclusiva del órgano para
hacer la difusión de: los órganos que van a hacer elegidos, el perfil y
difusión de las propuestas de los y las candidatas y lo que es la
información sobre la motivación de participación en el hecho electoral y
lo que es el alcance del sistema de votación.