Medio: El Día
Fecha de la publicación: miércoles 04 de abril de 2018
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Procesos contra autoridades electas
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La admisión de la Comisión puede derivar en la apertura de una causa contra el presidente Evo Morales, como máxima autoridad del Estado boliviano, por crímenes de lesa humanidad.
Primero se aprobó un informe. Ayer se conoció que luego de ocho años, el pasado 24 de febrero la CIDH admitió el "derecho de petición" presentado por Gianni Prado Herrera y Carolina Dwyer en representación de Mario Francisco Tadic Astorga y otros reclamando la observancia y defensa de los derechos humanos. El “derecho de petición” que significa un pedido de “promover la observancia y la defensa de los derechos humanos”, fue presentado el 21 de septiembre de 2009 por Gianni Prado Herrera y Carolina Dwyer en representación de Mario Francisco Tadic Astorga y otros. El informe de admisibilidad fue aprobado por la CIDH el 24 de febrero de 2018. Antes, el gobierno boliviano fue notificado el 4 de marzo de 2016 y entre junio a septiembre de 2017, presentó observaciones desconociendo la jurisdicción y competencia de la CIDH para revisar sentencias pronunciadas por tribunales nacionales, y con ello prolongó un mayor debate que al final concluyó en que la CIDH se declaró competente, para admitir un derecho de petición por casos vinculados a los derechos a la vida.
Rechazo del gobierno. Consultado sobre la admisión de la denuncia por parte de la CIDH, el ministro de Gobierno Carlos Romero, aseguró que equivale a "pretender juzgar al Presidente porque salvó la unidad de la patria, porque se enfrentó a peligrosos separatistas".
Aclarando que su posición no es de ministro de Gobierno sino de una víctima, Carlos Romero aseguró este martes que si tienen que asumir defensa del Estado boliviano y del presidente Evo Morales por el caso terrorismo, lo harán ante cualquier instancia.
Competencia de la Corte. Según Romero, "es un caso de la justicia boliviana, que es la que actúa primero en resguardo del interés boliviano". El informe Nº 6/18 hace referencia también a los alegatos del Estado sobre una supuesta falta de competencia. Sin embargo, la CIDH reconoce que no es competente para revisar las sentencias dictadas por tribunales nacionales que actúan en la esfera de su competencia y apliquen el debido proceso y las garantías judiciales. No obstante reitera que dentro del marco de su mandato, sí es competente para declarar admisible una petición sobre el fondo, cuando ésta se refiere a procesos internos que podrían ser violatorios de derechos garantizados por la Convención Americana, indica el informe.
16 abril de 2009
En esa fecha ocurrió el operativo del hotel Las Américas.
4 Marzo 2016
En esa fecha fue notificado el Gobierno de la demanda.
Fundamentan ejecución extrajudicial de Dwyer
La CIDH, en su fundamento, cita la ejecución extrajudicial del irlandés Michael Dwyer como resultado de las acciones policiales en el operativo del hotel Las Américas. En el caso de Mario Tadic, Elöd Tóásó, Alcides Mendoza y Juan Guedes, se podría generar cargos por su falta de protección judicial efectiva. También se alegan violaciones en el proceso penal seguido contra Mario Tadic, Elöd Tóásó, Alcides Mendoza y Juan Guedes, que son tratados reiteradamente por el gobierno como “terroristas” en distintos medios de comunicación. La CIDH también observa la supuesta aplicación retroactiva de normas, la confiscación de bienes personales, y la aplicación irregular de la prisión preventiva.